STSJ Comunidad Valenciana , 16 de Junio de 2005

PonenteMIGUEL ANGEL OLARTE MADERO
ECLIES:TSJCV:2005:4016
Número de Recurso1868/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.C.V. Sala Contencioso Administrativo Sección Tercera Asunto nº " 1868/02"

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA En la Ciudad de Valencia, a dieciséis de junio de dos mil cinco.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos.Srs. D. JOSE BELLMONT MORA, Presidente, D. MIGUEL ANGEL OLARTE MADERO y D: EDILBERTO NARBON LAINEZ, Magistrados, han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM: 1178/05 En el recurso contencioso administrativo num. 1868/02, interpuesto por la Sociedad Agraria de Transformación nº 7667 "Explotaciones Fruticolas" EXFRU, representada por la Procuradora Doña Silvia Gastaldi Orquin y dirigida por el Letrado Don Ignacio Comas Martin, contra la resolucion de la Consellería de Agricultura Pesca y Alimentación de la Generalidad Valenciana de 2 de octubre de 2002, por la que se desestimaba el recurso de reposición contra la resolucion dictada por el jefe de los Servicios Territoriales de dicha Conselleria de 25 de junio de 2002 denegatoria de las ayudas solicitadas.

Habiendo sido parte en autos como Administración demandada GENERALIDAD VALENCIANA representada y defendida por sus Servicios Jurídicos y Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. MIGUEL ANGEL OLARTE MADERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

La representación de la parte demandada contestó a la demanda, mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que se confirmase la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló la votación para el día 8 de junio de 2005.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación en este recurso contencioso-administrativo la resolucion de la Consellería de Agricultura Pesca y Alimentación de la Generalidad Valenciana de 2 de octubre de 2002, por la que se desestimaba el recurso de reposición contra la resolucion dictada por el jefe de los Servicios Territoriales de dicha Conselleria de 25 de junio de 2002 denegatoria de las ayudas solicitadas por incumplimiento del art. 5 de la Orden de 9 de marzo de 2000 , por no acompañar a la solicitud "justificantes de haber realizado las aportaciones obligatorias del vendedor a través del comprador a la interprofesional Citricola Española, Intercitrus, correspondiente a la venta de frutas a partir de la campaña 1999/2000, para la realización de campañas promocionales de cítricos, tal como señala la Orden de 29 de septiembre de 1999 del...

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