STSJ Cataluña , 22 de Febrero de 2005

PonenteEDUARDO BARRACHINA JUAN
ECLIES:TSJCAT:2005:2181
Número de Recurso131/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Febrero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Rollo de apelación nº 131/2004 Parte apelante: SOCIEDAD ESTATAL DE CORREOS Y TELÉGRAFOS Representante de la parte apelante: ABOGADO DEL ESTADO Parte apelada: Alfredo Representante de la parte apelada: En representación propia S E N T E N C I A Nº 154/2005 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. EDUARDO BARRACHINA JUAN MAGISTRADOS Dª. Mª LUISA PÉREZ BORRAT Dª MARIA ABELLEIRA RODRIGUEZ En la ciudad de Barcelona, a veintidós de febrero de dos mil cinco VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN CUARTA), constituida para la resolución de este recurso, arriba reseñado, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente Sentencia.

Ha sido Ponente Don EDUARDO BARRACHINA JUAN, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 22/03/2004 el Juzgado Contencioso Administrativo 6 de Barcelona, en el Procedimiento abreviado seguido con el número 228/2003, dictó Sentencia Estimatoria del recurso interpuesto contra Resolución de 30/5/03 del Director Territorial de la Zona 5ª de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos que desestimó la petición de incremento en días adicionales de vacaciones. Sin expresa imposición de costas.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación, siendo admitido por el Juzgado de Instancia, con remisión de las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta Sección.

TERCERO

Desarrollada la apelación, finalmente se señaló día y hora para votación y fallo, que tuvo lugar el 22 de febrero de 2005.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto de este proceso consiste en determinar la procedencia del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 6 de los de Barcelona, en fecha 22 de marzo de 2004 , que desestimó el recurso contencioso-administrativo, sobre la determinación del régimen jurídico aplicable a las vacaciones de los funcionarios que prestan sus servicios profesionales en "Correos y Telégrafos SA"

La sentencia declara el derecho del demandante a disfrutar las vacaciones en el mismo régimen jurídico que los funcionarios públicos, a lo que se opone el Sr. Abogado del Estado en atención a la especial naturaleza jurídica de la entidad donde se prestan los servicios profesionales.

Antes de entrar en el fondo de la cuestión controvertida, debe resolverse el hecho de que el Sr. Abogado del Estado no fuese debidamente emplazado en primera instancia, por lo que no tuvo ocasión de acudir a la vista celebrada, con vulneración de las normas procedimentales aplicables y especialmente del artículo 14.3 del Real Decreto 6 de agosto de 2.993 y artículo 11 de la Ley 52/97 . Este Tribunal considera que, como sea que tal cuestión aparece planteada de forma subsidiaria a la pretensión principal del recurso de apelación, aun siendo grave en términos procesales, debe resolverse el objeto del recurso y en caso de desestimarse el mismo, se entraría a resolver esta cuestión procesal, pues en caso contrario se debería devolver los autos al órgano jurisdiccional de procedencia, con la correspondiente pérdida de tiempo. De ahí que por exigencia del principio...

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