STSJ Cataluña , 28 de Enero de 2005

PonenteDIMITRY TEODORO BERBEROFF AYUDA
ECLIES:TSJCAT:2005:1049
Número de Recurso3049/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Enero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Recurso nº 3049/1998 Partes: BUTANO GABARRO SL C/ JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE BARCELONA S E N T E N C I A Nº 108 En la ciudad de Barcelona, a veintiocho de enero de dos mil cuatro.

D./Dª DIMITRY T. BERBEROFF AYUDA , Magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (Sección Segunda), constituída en un solo Magistrado, de conformidad con la Disposición Transitoria Única 2, de la Ley Orgánica 6/1998 , para la resolución, de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso-administrativo nº 3049/1998, interpuesto por BUTANO GABARRO SL, representado por LETRADO PERE AURELL CADAFALCH, contra JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO DE BARCELONA, representado y asistido por ABOGADO DEL ESTADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso- administrativo contra resolución de 4 de septiembre de 1998, de la Dirección General de Tráfico, modificando la resolución sancionadora recaída en expediente núm. 08-005546880-0 tramitado por la Jefatura Provincial de Tráfico de Barcelona.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que evacuaron las partes a tenor de los escritos que obran en autos y, finalmente se señaló día y hora para votación y fallo que tuvo lugar el 17 de diciembre de 2004.

CUARTO

Se significa que la presente sentencia se dicta por un solo Magistrado, de conformidad con lo establecido en el apartado 2 de la Disposición Transitoria Ünica de la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio , y del Acuerdo del Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, de 30 de abril de 1999. En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A través del presente recurso jurisdiccional, la representación procesal de Butano Gabarro SL dirige una pretensión anulatoria contra Resolución de 4 de septiembre de 1998 del Director General de Tráfico, que desestimó recurso ordinario interpuesto contra Resolución recaída al expediente 08/005546880 -0, en cuyo virtud se le impuso la multa de 250.000 Ptas, por la infracción del art. 34. b del Real Decreto 74/1992, de 31 de enero , por el que se aprueba el Reglamento Nacional del Transporte de Mercancías Peligrosas por Carretera ("La realización del transporte de mercancías peligrosas en condiciones que puedan afectar a la seguridad de las personas por entrañar peligro grave y directo para las mismas") , como consecuencia del transporte de 14 envases de 35 kilos de propano, careciendo de extintores reglamentarios.

SEGUNDO

La parte recurrente mantiene en su demanda, que con relación a los hechos denunciados, carece de responsabilidad, aduciendo la antigüedad de la empresa en la actividad comercial de distribución de propano, sin que hasta la fecha se haya levantado expediente de infracción alguno en materia de seguridad, así como la falta de certeza de los hechos denunciados, por cuanto los mismos se concretaron en un informe del Agente de Tráfico emitido cuatro meses después de que se produjo la...

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