STSJ Canarias , 27 de Junio de 2005

PonenteCRISTINA PAEZ MARTINEZ-VIREL
ECLIES:TSJICAN:2005:2650
Número de Recurso110/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº

ILMOS SRES Dña Cristina Páez Martínez Virel Presidente D.César José Garcia Otero Dña Inmaculada Rodríguez Falcón Magistrados Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de junio de 2005 Vistos, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en esta capital, el presente recurso de apelación110/2005 en el que interviene como apelante IBERBANDA SA (antes denominada FIRSTMARK COMUNICACIONES SA) y como apelado Ayuntamiento de las Palmas de Gran Canaria representado por el Procurador D. Oscar Muñoz Correa y D. Blas .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por sentencia de fecha 7 de diciembre de 2004 dictada por el Juzgado de lo contencioso Administrativo nº 3 de las Palmas que desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación procesal de FIRSTMARK COMUNICACIONES SA contra Decreto dictado por el Ayuntamiento de las Palmas de Gran Canaria en fecha 21 de diciembre de 2002 en virtud del cual se acordaba requerir a la entidad recurrente para el desmontaje y retirada de las antenas de telefonía existentes formada por torres metálicas así como la retirada a vertedero o almacen de los productos sobrantes, instaladas en la Calle Rafael Mesa y López.

SEGUNDO

Por la representación procesal de IBERBANDA SA(anteriormente denominada FIRSTMARK) se interpuso recurso de apelación que fue impugnado por el Ayuntamiento de las Palmas de Gran Canaria y por D. Blas .

TERCERO

Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

Siendo ponente la Ilma Sra. Dña Cristina Páez Martínez Virel y VISTOS los preceptos legales citados por las partes y los que son de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna sentencia de fecha 7 de diciembre de 2004 dictada por el Juzgado de lo contencioso Administrativo nº 3 de las Palmas que desestima el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación procesal de IBERBANDA SA(antes FIRSTMARK COMUNICACIONES SA) contra Decreto dictado por el Ayuntamiento de las Palmas de Gran Canaria en fecha 21 de diciembre de 2002 en virtud del cual se acordaba requerir a la entidad recurrente para el desmontaje y retirada de las antenas de telefonía existentes formada por torres metálicas así como la retirada a vertedero o almacen de los productos sobrantes, instaladas en la Calle Rafael Mesa y López.

SEGUNDO

La parte apelante manifiesta que la sentencia de instancia es contraria a derecho al afirmar que no ha obtenido la licencia de obras por silencio administrativo positivo; tras la aportación del fotomontaje que justificaba la minimización del impacto visual única deficiencia advertida en el Informe de los Servicios Técnicos de la Corporación no se ha producido resolución ni pronunciamiento alguno al respecto; la instalación pretendida...

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