STSJ Canarias , 17 de Marzo de 2005
Ponente | ANA TERESA AFONSO BARRERA |
ECLI | ES:TSJICAN:2005:1127 |
Número de Recurso | 212/2003 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 17 de Marzo de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (Sección 1ª)
SANTA CRUZ DE TENERIFE SENTENCIA nº 145 Recurso nº 212/03 Iltmos. Sres:
Presidente D. Angel Acevedo y Campos Magistrados Dª Mª Pilar Alonso Sotorrío Dª Ana Teresa Afonso Barrera (Ponente)
En Santa Cruz de Tenerife, a diecisiete de marzo de dos mil cinco.- Visto, en nombre del Rey, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de esta capital, integrada por los Magistrados antes expresados, el presente recurso nº 212/03 tramitado por el procedimiento ordinario previsto en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, interpuesto por la entidad "MAFRE GUANARTEME CIA DE SEGUROS Y REASEGUROS DE CANARIAS", representada por la Procuradora Sra. Aranaz de la Cuesta y defendida por la Letrada Sra. Arozena Abad y como Administración demandada, el Cabildo Insular de Tenerife, representado y dirigido por la Letrada Sra. Cubas Marrero, actuando como parte codemandada la entidad "TRANSFORMACIONES Y SERVICIOS, SL", representada por la Procuradora Sra. Mandillo Blazquez y dirigida por el Letrado Sr. García del Pino, versando sobre responsabilidad patrimonial daños en vehículo, de 15.025,30 euros de cuantía , siendo Ponente la Iltma.
Sra. Magistrada Dª Ana Teresa Afonso Barrera, ha dictado la presente sentencia con base en los siguientes
El Cabildo Insular de Tenerife, en virtud de acto presunto, desestimo la reclamación que, a titulo de responsabilidad patrimonial, le hizo la entidad recurrente, en relación con los daños sufridos por el vehículo matricula SC- ....-SC propiedad de D. Íñigo , en la vía publica a consecuencia de una bolsa de agua en la calzada.
Por la representación de la parte actora se interpuso recurso contencioso administrativo formalizando demanda con la suplica de que se dicte sentencia por la que se declare el derecho de la entidad recurrente a percibir de la Corporación demandada la cantidad de 15.025,30 euros, en concepto de daños y perjuicios ocasionados al vehículo propiedad de su asegurado, mas los intereses legales desde la fecha de la reclamación, condenando a la demandada a estar y pasar por tal declaración mas las costas del procedimiento, todo ello con lo demás que en Derecho proceda.
La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia por la que se desestimen las pretensiones de la demanda, con especial imposición de costas al demandante. Por su parte, la entidad codemandada interesa una sentencia por la que se desestime el recurso, confirmando la resolución impugnada, con costas a la recurrente.
Recibido el juicio a prueba se practicaron las pruebas propuestas y admitidas con el resultado que obra en autos.
Practicada la prueba propuesta, se acordó señalar trámite para que las partes presentasen sus conclusiones, hecho lo cual, se señaló día para la votación y fallo de la sentencia, lo que tuvo lugar en con...
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