STSJ Aragón , 31 de Marzo de 2005

PonenteVICENTE GOÑI LARUMBE
ECLIES:TSJAR:2005:771
Número de Recurso565/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (SEC. 4ª)

RECURSO n° 565/2001-A ILUSTRISIMOS SEÑORES PRESIDENTE Dª Natividad Rapún Gimeno MAGISTRADOS D. José Emilio Pirla Gómez D. Vicente Goñi Larumbe Procedimiento: Ordinario Cuantía: 50.005 pesetas SENTENCIA NUM. 320 DE 2005 En Zaragoza, a treinta y uno de marzo de dos mil cinco.

En nombre de S.M. el Rey. Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo constituida para el examen del presente caso, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Compañía Mercantil Técnicos de Alarmas S.A.- TECALSA, representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Salinas y asistida por el Letrado Sr. Marco.

Se interpone contra la resolución de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio de Interior de 26 de febrero de 2001, en la que se desestimó el recurso de alzada interpuesto contra la resolución de la Dirección General de la Policía de 8 de noviembre de 2000.

Es demandada la Dirección General de la Policía representada y asistida por el Abogado del Estado.

Ha sido ponente el Iltmo. Sr. D. Vicente Goñi Larumbe, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El 12 de junio de 2000, la central receptora de la empresa Técnicos de Alarmas- TECALSA, transmitió a las dependencias policiales, la recepción de una señal de atraco procedente de la empresa Hormacesa, sita en la calle San Antón n° 72-6a, Oficina 5/6 de Granada.

Personada una patrulla de policía en las dependencias de la citada empresa, comprobaron que la alarma era falsa, no habiendo sido previamente verificada.

SEGUNDO

Por tales hechos, el Director General de la Policía, en resolución de 8 de noviembre de 2000, acordó imponer a la empresa la sanción de 50.005 pesetas, contra la que se interpuso recurso de alzada que fue desestimado en resolución de la Secretaría de Estado de Seguridad de 26 de febrero de 2001, contra la que se interpone este recurso contencioso-administrativo.

TERCERO

Previa la admisión a tramite del recurso interpuesto, publicación de su interposición y recepción del expediente administrativo, se interpuso la correspondiente demanda en la que tras relacionar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, concluía con el...

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