STSJ Murcia 214/1998, 6 de Abril de 1998

PonenteFERNANDO CASTILLO RIGABERT
ECLIES:TSJMU:1998:753
Número de Recurso1943/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución214/1998
Fecha de Resolución 6 de Abril de 1998
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO nº 01 /0001943 /1996

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL

SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA:

SECCION SEGUNDA

compuesta por los Ilmos. Sres.

D. ABEL ANGEL SAEZ DOMENECH

Presidente

D. MARIANO ESPINOSA DE RUEDA JOVER

D. FERNANDO CASTILLO RIGABERT

Magistrados

ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA NUM. 214 /98

Murcia a seis de abril de mil novecientos noventa y ocho.

En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 01 /0001943 /1996, tramitado por lasnormas dePROCEDIMIENTO DE PERSONAL, en cuantía indeterminada y

referido a: Impugnación de cambio de destino de funcionario municipal.

Parte demandante: Jose Pedro, actuando en calidad de oidora la Procuradora Dª MARIA DOLORES

QUESADA TOLMOS..

Parte demandada: AYUNTAMIENTO DE ARCHENA,representada y dirigida por el Letrado D. ANTONIO PASCUAL ORTIZ CANTO.

Acto administrativo impugnado: Decretode 31 de julio de 1996 del Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Archena .

Pretensión deducida en la demanda: Que se dicte sentencia que dejando sin efecto la Resolución del Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Archena acuerde la nulidad y revocación de la misma, dejando al recurrente en la plaza de Conserje de Mercado y ello en cuanto que dicha plaza no ha sido suprimida, sino que se ha ocupado por otra persona que hasta el momento venia prestando sus servicios como conserje, pero con otro destino, lo que supone que no ha habido una redistribución real y por necesidades del servicio de efectivos, sino que ha habido una movilidad arbitraria de las personas en los puestos de trabajo y ello porque los puestos de trabajo siguen siendo los mismos y que la reforma organizativa de la Relación de Puestos de Trabajo no ha sido tal.

Siendo Ponente el Magistrado D. FERNANDO CASTILLO RIGABERT, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 1 de octubre de 1996, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo que se dicte sentencia por la que se desestime la demanda interpuesta por la actora por ser ajustado a derecho el acto impugnado, imponiendo expresamente las costas a la parte demandante.

TERCERO

Ha habido recibimiento a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de derecho de esta sentencia.

CUARTO

Se señaló parala votación y Fallo el día 23 de marzo de 1998.

QUINTO

Por tener interés para la resolución de los presentes autos, se destacan los siguientes hechos:

El actor ingresó como funcionario del Ayuntamiento de Archena, tras superar el correspondiente concurso- oposición, en 1988, desempeñando el puesto de Conserje del Mercado de Abastos. En 1996, el Ayuntamiento de Archena, al aprobar una nueva Relación de Puestos de Trabajo, adscribe provisionalmente al recurrente a un puesto de Conserje de Escuelas Infantiles, resolución que se impugna en...

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