STSJ Extremadura 173/2006, 23 de Octubre de 2006

PonenteRAIMUNDO PRADO BERNABEU
ECLIES:TSJEXT:2006:1706
Número de Recurso195/2006
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución173/2006
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA: 00173/2006

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura,

integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la

siguiente:

SENTENCIA Nº 173

PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS

DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO

DON MERCENARIO VILLALBA LAVA

DON RAIMUNDO PRADO BERNABEU

DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS/

En Cáceres a VEINTITRÉS de OCTUBRE de DOS MIL SEIS.

Visto el recurso de apelación nº 195 de 2006, interpuesto por el apelante DON Jose Antonio , en su propio nombre y representación contra la sentencia nº 125 de fecha 23.05.06 dictada en el recurso contencioso-administrativo P.A. nº 328/04, tramitado en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de MÉRIDA, a instancias de DON Jose Antonio contra LA JUNTA DE EXTREMADURA, sobre: PERSONAL. Se fijó como indeterminada la cuantía del proceso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº UNO de MÉRIDA se remitió a esta Sala recurso contencioso-administrativo P.A. nº 328/04 seguido a instancias de D. Jose Antonio , sobre personal. Procedimiento que concluyó por Sentencia del Juzgado nº 125 de fecha 23.05.06.

SEGUNDO

Notificada la anterior resolución a las partes intervinientes se interpuso recurso de apelación por la parte DEMANDANTE-APELANTE: DON Jose Antonio , dando traslado a la representación de la parte DEMANDADA-APELADA: JUNTA DE EXTREMADURA, aduciendo los motivos y fundamentosque tuvo por conveniente.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a la Sala se formó el presente rollo de apelación en el que se acordó admitir a trámite el presente recurso de apelación, que se declara concluso para sentencia, con citación de las partes.

CUARTO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.-Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAIMUNDO PRADO BERNABEU, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye objeto de apelación, la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso nº1 de los de Mérida, de fecha 23 de mayo de 2006 y relativa a negativa de emisión por parte de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia de la Junta de Extremadura, de certificación de experiencia y méritos.

Se aceptan los hechos y fundamentos de la Sentencia recurrida en cuanto no contravengan los que a continuación se expondrán.

SEGUNDO

Los términos del Recurso en atención al contenido de la Sentencia impugnada, son claros ya que la recurrente en aplicación de la Doctrina constitucional, entiende que de seguir la conclusión de aquella, se vulnerarían Derechos Fundamentales del liberado sindical. Así las cosas, es cierto y este Tribunal conoce como no puede ser de otra manera, el contenido de las Sentencias del Alto Tribunal en materia de garantías constitucionales. En concreto, las de fechas...

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