STSJ Aragón 53/2007, 30 de Enero de 2007
Ponente | LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH |
ECLI | ES:TSJAR:2007:1413 |
Número de Recurso | 231/2004 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 53/2007 |
Fecha de Resolución | 30 de Enero de 2007 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA N° 53 DE 2007
ILUSTRÍSIMOS SEÑORES
PRESIDENTE
D. LUIS FERNANDEZ ÁLVAREZ
MAGISTRADOS:
D. LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH
D. MANUEL SERRANO BONAFONTE
DÑA. CARMEN SAMANES ARA
En Zaragoza, a treinta de enero de dos mil siete.
En nombre de SM. el Rey.
La Sección tercera, funcional de refuerzo, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, integrada por: los Magistrados de la Sala de lo Civil y Penal citados al margen, HA VISTO el presente recurso número 231/04-A seguido entre la parte demandante D. Jesús María defendido por el Abogado Sr. Escobedo y la demandada el MINISTERIO DE DEFENSA representada y defendida por el Abogado del Estado. Se ha seguido el procedimiento conforme a los trámites legalmente previstos para el procedimiento ordinario en la Ley 29/1998, de 13 de julio , reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y tiene por objeto Resolución de fecha 25 de marzo de 2004 desestimando solicitud de compensación económica por cambio de destino.
La cuantía del procedimiento ha quedado fijada en indeterminada.
Los actores formularon recurso contencioso administrativo en escrito que tuvo entrada en la Secretaria del Tribunal el día 30 de abril de 2004.
Admitido a trámite el recurso, y tras la recepción del expediente administrativo, se dedujo demanda basada en los hechos y fundamentos de derecho que constan en las actuaciones y quecontenía su solicitud en el suplico recogido en los siguientes términos: "Tenga por presentado este escrito con los documentos que se acompañan, se sirvan admitirlos, y en su virtud, por interpuesta DEMANDA contra la Resolución del Excmo. Sr. Director General Gerente del Instituto de la Vivienda de las Fuerzas Armadas (INVIFAS) de fecha 25/03/04 por la que se desestima la solicitud del actor de fecha 02/03/04, y previos los trámites legales pertinentes, dicte Sentencia por la que anulando de la resolución impugnada, acuerde el derecho del recurrente a la ayuda a la compensación económica solicitada en su instancia de fecha 02/03/04 con motivo de su cambio de destino de Castrillo de Val(Burgos) a Zaragoza, con percepción de los atrasos correspondientes desde la fecha de cambio de destino (12/12/2003), todo ello con expresa imposición de costas a la Administración".
De la demanda presentada se dio el traslado legalmente previsto a la Administración demandada, en cuya representación el Letrado actuante presentó contestación a la demanda mediante escrito cuyo suplico es del tenor literal siguiente: "Que, habiendo por presentado este escrito en tiempo y forma, se sirva admitirlo, tenga por contestada la demanda y dicte Sentencia por la que acuerde la desestimación del recurso, con expresa condena en costas a la parte actora".
Recibido el pleito a prueba, una vez terminado el periodo legalmente establecido se fijó para votación y fallo el día 16 de enero de 2007.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH.
Al amparo de lo dispuesto en la ley 6/99, de 9 de julio , el recurrente, soldado...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STSJ Comunidad de Madrid 166/2009, 26 de Febrero de 2009
...el punto de que el tiempo allí transcurrido le fue computado a efectos de antigüedad. Cita en apoyo de su tesis la sentencia del TSJ de Aragón de 30 de enero de 2007 . La Administración demandada, por medio de su representación procesal, alega que el primer destino fue el de Salamanca por l......