STSJ Aragón 530/2006, 13 de Marzo de 2006
Ponente | CARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ |
ECLI | ES:TSJAR:2006:643 |
Número de Recurso | 415/2006 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 530/2006 |
Fecha de Resolución | 13 de Marzo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de suplicación núm. 415 de 2.006 (autos núm. 964/2.005), interpuesto por la parte demandante Dª Edurne , siendo demandado el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Zaragoza, de fecha 13 de marzo de 2.006, sobre incapacidad permanente total. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.
Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Edurne contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL sobre incapacidad permanente total, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 4 de Zaragoza, de fecha 13 de marzo de 2.006 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:
"Que desestimando la demanda formulada por doña Edurne , contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos formulados contra ella".
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:
"1º.- Doña Edurne , nacida el 28?10?1946, está afiliada al Régimen General de Seguridad Social con el n° NUM000 , siendo su profesión habitual la de limpiadora estando de alta en la empresa RAMEL S.A.
-
? Causó baja médica con fecha 5?1?04 pasando a situación de incapacidad temporal. Iniciado expediente de invalidez fue emitido dictamen por el EVI con fecha 1?8?05, dictándose por el INSS resolución desestimatoria con fecha 31?8?05. Interpuesta reclamación previa fue desestimada quedando agotada la vía previa administrativa.En anteriores resoluciones del INSS de fechas 21?2?00 y 3?6?03 se denegó al actor la prestación por incapacidad permanente.
-
? La actora padece, derivadas de enfermedad común las siguientes lesiones: espondiloartrosis dorso?lumbar, acuñamiento D11d12, escoliosis lumbar, mínima protusión discal L3?L4 y L4?L5 y discopatías lumbares, refiriendo lumbocitalgia derecha con lassegue derecho (+) a unos 50°, con deambulación normal. Trastorno depresivo reactivo.
-
- La base reguladora asciende a 396,17 euros mensuales".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado dicho escrito por la parte demandada.
Al amparo del artículo 191 b) del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995 , de 7 de abril) pretende la parte recurrente la revisión de los hechos probados de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
STSJ Cantabria 277/2013, 9 de Abril de 2013
...sin embargo, cuando se trata de aspectos menos trascendentes de la vida diaria: cortar la carne, vestir una determinada prenda ( STSJ Aragón de 13-3-2006 [JUR 2006, El primero es el supuesto actual, ya que existen dificultades serias para la deambulación, que obligan al uso de muletas, y la......