STSJ Comunidad de Madrid 1420/2005, 1 de Diciembre de 2005

PonenteMARIA FATIMA ARANA AZPITARTE
ECLIES:TSJM:2005:13138
Número de Recurso1419/2003
Número de Resolución1420/2005
Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

MARIA FATIMA ARANA AZPITARTEGUSTAVO RAMON LESCURE CEÑALRAFAEL MARIA ESTEVEZ PENDAS

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 01420/2005

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

Recurso número 1419/2000

Ponente: Doña Fátima Arana Azpitarte

Recurrente: Don Alonso

Procurador: Doña Ana Gutiérrez Comas

Demandado: Ayuntamiento de Cubas de la Sagra

Procurador: Doña Isabel Cañedo Vega

SENTENCIA nº 1420

Ilmo. Sr. Presidente:

Don Gustavo Lescure Ceñal

Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña Fátima Arana Azpitarte

Don Rafael Estévez Pendás

En la ciudad de Madrid, a 1 de diciembre del año 2005, visto por la Sala el Recurso arriba referido,

interpuesto por la Procuradora Doña Ana Gutiérrez Comas en nombre y representación de Don Alonso contra la desestimación realizada por el Ayuntamiento de Cubas de la Sagra de la solicitud de abono de la cantidad de 9.015,18 euros (1.500.000 Ptas), en concepto de pago del precio de un contrato de compraventa de unos novillos en el año 1995 que fueron lidiados en la plaza de toros del municipio el día 10 de septiembre de 1995 con motivo de las fiestas patronales de la localidad.

Es ponente de esta Sentencia la Ilma. Sra. Doña Fátima Arana Azpitarte , que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Se interpuso este Recurso contencioso-administrativo formalizándose demanda por la recurrente en la que terminaba suplicando una Sentencia estimatoria del recurso con base a los hechos y fundamentos de derecho contenidos en la demanda .

Segundo

El demandado contestó a la demanda exponiendo lo que estimó oportuno, solicitando la desestimación del recurso.

Tercero

No habiéndose solicitado por las partes el trámite de conclusiones, quedaron los autos para deliberación, votación y fallo, que tuvo lugar el día 21 de noviembre del año 2005.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Se interpone el presente recurso contra la desestimación realizada por el Ayuntamiento de Cubas de la Sagra de la solicitud realizada por el recurrente de abono de la cantidad de 9.015,18 euros (1.500.000 Ptas) en concepto de pago del precio de un contrato de compraventa de unos novillos en el año 1995 que fueron lidiados en la plaza de toros del municipio el día 10 de septiembre de 1995 con motivo de las fiestas patronales de la localidad.

El Ayuntamiento demandado se opone a la prosperabilidad del recurso alegando su falta de legitimación pasiva por no haber celebrado contrato de compraventa alguno con el recurrente, no habiéndose seguido para ello el procedimiento exigido en la LCAP y haber otorgado por concesión a Don Oscar la explotación de la plaza de toros de Cubas de la Sagra y la gestión indirecta del servicio público de organización de los festejos taurinos en las fiestas patronales, por lo que asumió él solo los gastos de la corrida y en concreto el precio de los novillos de lidia que hoy se reclama.

Segundo

De la prueba documental aportada al procedimiento resulta la existencia de un contrato de compraventa de reses de lidia celebrado entre el recurrente y Don Oscar por precio de 1.500.000 ptas. ,en el que figura que actúa este último en representación del Ayuntamiento de Cubas de la Sagra y en...

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