STSJ Asturias 3568/2006, 24 de Noviembre de 2006
Ponente | JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJAS:2006:6237 |
Número de Recurso | 4295/2005 |
Número de Resolución | 3568/2006 |
Fecha de Resolución | 24 de Noviembre de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el RECURSO SUPLICACION 0004295/2005, formalizado por el Letrado D. JOSE RAMON BALLESTEROS ALONSO, en nombre y representación de Paloma , contra la sentencia de fecha tres de octubre de dos mil cinco, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000538 /2005, seguidos a instancia de Paloma frente al INSS, parte demandada representada por el LETRADO SEGURIDAD SOCIAL, en reclamación de INCAPACIDAD PERMANENTE, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes
Según consta en autos del mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha tres de octubre de dos mil cinco por la que se desestimaba la demanda.
En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:
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-La actora, Paloma , nacida el 1 de agosto de 1958, figura afiliada al Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social con el número NUM000 , siendo su profesión la de labradora, inició situación de incapacidad temporal, derivada de enfermedad común, en fecha 31 de julio de 2003, cuando realizaba tal actividad por cuenta propia, permaneciendo en tal situación hasta el 30 de enero de 2005 en que es alta por agotamiento del plazo máximo.
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-Seguidas actuaciones administrativas sobre incapacidad permanente se dictó resolución el 5 de abril de 2005 por la Dirección Provincial de Asturias del Instituto demandado, previa propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades, declarando que la interesada no está afectada de incapacidad permanente. La reclamación previa formulada no obtuvo favorable acogida.
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-La demandante presenta: Diagnosticada de fibromialgia. TAC: Espondilolistesis L5S1 grado 1 por espondilosis bilateral. En la radiografía no se objetiva. Diagnosticada de asma bronquial intrínseca.
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-Fue reconocida por el facultativo del Equipo de Valoración de Incapacidades emitiéndose el dictamen-propuesta el 4 de abril de 2005.
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-La base reguladora de prestaciones es de 509,22 euros mensuales y la fecha de efectos 1 de febrero de 2005.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación de la parte demandante, siendo impugnado de contrario.
Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.
UNICO.- Frente a la sentencia desestimatoria de su pretensión de declaración de estar afecto de una incapacidad permanente total para su profesión habitual de labradora por cuenta propia articula la actora de 47 años de edad el presente recurso de suplicación en cuyo único motivo, tendente por el cauce procesal adecuado del ...
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