STSJ Comunidad Valenciana 3947/2006, 19 de Diciembre de 2006

PonenteJUAN MONTERO AROCA
ECLIES:TSJCV:2006:6902
Número de Recurso1446/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución3947/2006
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 3947/2006

En el Recurso de Suplicación núm. 1446/2006, interpuesto contra la sentencia de fecha diecinueve de diciembre de dos mil seis, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Dos de Elche, en los autos núm. 1074/2004, seguidos sobre cantidad, a instancia de D. Esteban asistido por el letrado D. José Plaza Teva, contra Construcciones Venan y José, S.L. asistida por la letrada Dª Nuria Tornel Rivero, y en los que es recurrente Construcciones Venan y José, S.L. y Fondo Garantia Salarial, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. José Montero Aroca

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha diecinueve de diciembre de dos mil seis , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Estimando la demanda formulada por D. Esteban contra CONSTRUCCIONES VENAN Y JOSE S.L. debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a los herederos del citado trabajador la cantidad de 2.287,32 # por los conceptos expresados anteriormente, más un 10% de la citada cantidad en concepto de intereses por mora. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que alcanza "ex lege" al Fondo de Garantia Salarial.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- Y así se declara que la parte actora ha venido prestando servicios para la empresa CONSTRUCCIONES VENAN Y JOSE S.L. dedicada a la actividad de construcción, con categoría profesional de Oficial 1ª, antigüedad del 9-9-03 al 6-8-04 y salario de 1.221,61 # mensuales, incluidos pagas extras según Convenio de la construcción para la provincia de Alicante. SEGUNDO .- Por la parte demandante las prestaciones cuyo pago solicita corresponden a las cantidades por los conceptos siguientes: - diferencias salariales de los meses enero, febrero y marzo de 2004 (desde el 10-3-04 a 31-3-04) en total 67,80 #; - la parte proporcional de la paga extra de Navidad del año 2003 (del 9-9-03 a 31-12-03) total 666,82 #; la paga extra de verano 2004 (del 1- 1-04 a 30-6-04) total 1.103 #; -indemnización de carácter no salarial por cese del 7% según convenio provincial de la construcción en su artículo 18, total 448,92 # y las vacaciones generadas y sin disfrutar de (9-9-03 a 6-8-04) y una semana del mes dediciembre 2003, en total 754, 20 #. Reclama en total la cantidad de 3.041, 52 #. TERCERO.- Que con fecha 5-10-04 se celebró el preceptivo acto de conciliación instado el día con el resultado de sin avenencia.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte Construcciones Venan y José, S.L.. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

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