STSJ Castilla-La Mancha 1700/2008, 6 de Noviembre de 2008

PonenteJOSE MONTIEL GONZALEZ
ECLIES:TSJCLM:2008:3808
Número de Recurso1328/2007
Número de Resolución1700/2008
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 1.700En el Recurso de Suplicación número 1.328/07, interpuesto por Jose Pablo , contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Ciudad Real, de fecha 15 de mayo de 2007, en los autos número 118/07, sobre Invalidez, siendo recurridos INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Es Ponente el Iltmo. Sr. D. José Montiel González.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "FALLO: Que desestimando la demanda formulada por D. Jose Pablo contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social en materia de Incapacidad debo absolver y absuelvo a la parte demandada de la pretensión instada confirmando en consecuencia la Resolución dictada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social".

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

PRIMERO

D. Jose Pablo nacido el 08.03.1964, figura afiliado al Régimen General de la Seguridad Social con número de afiliación NUM000 siendo su profesión habitual encofrador.

SEGUNDO

Incoado expediente administrativo de Incapacidad con fecha 30.11.2006 es dictada Resolución por la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en cuya virtud es denegada prestación de Incapacidad Permanente por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral con base en el dictamen emitido por el Equipo de Valoración de Incapacidades en el cual consta:

Contingencia. Enfermedad común.

Cuadro clínico residual. Discartrosis muy evolucionada en L5-S1. Pies cavos con esteopenia. Trastorno adaptativo mixto.

Limitaciones orgánicas y funcionales. Talalgia. Metatarsalgia. Lumbalgia. Trastorno adaptativo.

TERCERO

Contra dicha Resolución formulo con fecha 28.12.2006 Reclamación Previa la cual fue desestimada en virtud de Resolución dictada con fecha 08.01.2007.

CUARTO

Se ha acreditado que el demandante presenta Rasgos del Trastorno Paranoide de Personalidad.

QUINTO

La cuantía mensual de la base reguladora de la prestación solicitada asciende a 998,80 euros.

TERCERO

Que, en tiempo y forma, por la parte demandante, se formuló Recurso de Suplicación contra la anterior Sentencia, en base a los motivos que en el mismo constan.

Dicho Recurso no ha sido impugnado de contrario.

Elevadas las actuaciones a este Tribunal, se dispuso el pase al Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el único motivo de recurso, amparado en el art. 191 c) de la LPL, se denuncia infracción de los apartados 4 y 5 del art. 137 de la LGSS , al entender la parte recurrente que las dolencias que padece le inhabilitan para el desempeño de toda actividad laboral, estando afectado por una incapacidad permanente absoluta; o, subsidiariamente, incapacitado para su profesión habitual.

Según se desprende del inalterado relato fáctico de la sentencia de instancia, el actor, de profesión habitual...

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