STSJ Cantabria 690/2008, 30 de Julio de 2008

PonenteSANTIAGO EDUARDO PEREZ OBREGON
ECLIES:TSJCANT:2008:1376
Número de Recurso568/2008
Número de Resolución690/2008
Fecha de Resolución30 de Julio de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA En Santander a treinta de Julio de dos mil ocho. En el recurso de suplicación interpuesto por Dª. Remedios contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Cinco de Santander, ha sido nombrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Santiago Pérez Obregón, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª. Remedios , sobre invalidez, siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 11 de febrero de 2.008 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - Dª. Remedios (D.N.I. n° NUM000 ), nacida el día 17-1-63, está afiliado a la Seguridad Social -R.G.S.S.-, siendo su profesión habitual la de Conservera.

  2. - Iniciada la vía administrativa ante el Instituto de la Nacional de la Seguridad Social en solicitud de incapacidad permanente, se dictó resolución de fecha 10-7-07, donde reconociendo las secuelas "cervicalgia, protrusión discal C5-C6, estenosis de canal de C3 a C7 sin afectación del cordón medular, cervicoartrosis, cefalea mixta, síndrome vertiginoso no filiado", denegaba la prestación solicitada por no alcanzar las lesiones que padece, un grado suficiente de disminución en la capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente.

  3. - Presentada la correspondiente reclamación previa, se dictó resolución en fecha 22-08-2007 por la que se denegaba el reconocimiento de incapacidad permanente solicitada, ya que "el cuadro patológico apreciado no presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas que disminuyan su capacidad laboral".

  4. - Las secuelas que padece la parte actora son:

    - CERVICOARTROSIS CON ESTENOSIS DE CANAL DE C3 A C7 SIN AFECTACIÓN DEL CORDÓN MEDULAR y PROTRUSIÓN DISCAL C5-C6

    - CEFALEA MIXTA

    - SÍNDROME VERTIGINOSO NO FILIADO

  5. - La base reguladora para la invalidez permanente total es de 506,68 #/mes, siendo la fecha a partir de la cual desplegaría efectos económicos el día 26-6-07. (No controvertido)

  6. - En fecha 7-4-05 se dictó sentencia desestimatoria por el Juzgado de lo Social n03 de esta ciudad en procedimiento sobre invalidez con el cuadro secuelar "cervicoartrosis, protrusiones discales con estenosis del canal, síndrome vertiginoso, herpes ocular", siendo ratificada por sentencia del T.S.J. de Cantabria de fecha 23-9-05. (F.90 y ss.)

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, no siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de instancia desestima la pretensión de la actora en solicitud de ser declarada en situación de incapacidad permanente total para su profesión de conservera.

Frente a este fallo interpone recurso mediante un primer motivo al amparo del artículo 191.b) de la L.P.L ., al objeto de revisar los hechos declarados probados, adicionando el ordinal séptimo sobre la base de la prueba documental que obra a los folios 53 y 54, el relato siguiente:

"La paciente sufre fotofobia con nauseas y vómitos, tendencia al aislamiento. A pesar de múltiples tratamientos continua con cefaleas y...

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