STSJ Castilla y León 1336/2008, 10 de Junio de 2008
Ponente | RAMON SASTRE LEGIDO |
ECLI | ES:TSJCL:2008:4470 |
Número de Recurso | 783/2003 |
Número de Resolución | 1336/2008 |
Fecha de Resolución | 10 de Junio de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA: 01336/2008 Sección Segunda
C/ ANGUSTIAS S/N
Número de Identificación Único: 47186 33 3 2004 0106945 PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000783 /2003
Sobre DOMINIO PÚBLICO Y BIENES PATRIMONIALES
De LUZALAR, S.L.
Representante: FERNANDO LOPEZ IGLESIAS Contra - CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO
Representante: ABOGADO DEL ESTADO
SENTENCIA nº 1336
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS
DOÑA ANA MARIA MARTINEZ OLALLA
DON JAVIER ORAA GONZALEZ
DON RAMON SASTRE LEGIDO
En Valladolid, a diez de junio de dos mil ocho.
Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna: La Resolución de la Confederación Hidrográfica del Duero de 10 de diciembre de 2001 por la que se impone a la recurrente una sanción de 500.000 pesetas (3.005,07 euros) por la infracción en materia de aguas que en la misma se indica, así como la Resolución de esa Confederación de 14 de enero de 2003 que declaró inadmisible porextemporáneo el recurso de reposición formulado contra la anterior.
Son partes en dicho recurso: como recurrente LUZALAR S.L., representada por el Procurador D. José María Ballesteros González, bajo la dirección del Letrado D. Fernando López Iglesias.
Como demandada LA CONFEDERACIÓN HIDROGRAFICA DEL DUERO, representada y defendida por la Abogacía del Estado.
Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMON SASTRE LEGIDO.
Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que, con estimación del recurso y revocando la resolución de la Confederación Hidrográfica del Duero de 10.12.2001, confirmada por resolución de 14.1.2003, se revoque y deje sin efecto la sanción impuesta por cuantía de
3.00,07 euros, con expresa imposición de las costas a la Confederación demandada.
En el escrito de contestación de la Abogacía del Estado, en base a los hechos y
fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso e imponga las costas a la parte actora.
El procedimiento se recibió a prueba practicándose con el resultado que consta en autos.
Presentados por las partes los respectivos escritos de conclusiones, se declararon conclusos los autos y se señaló para votación y fallo del presente recurso el día 3 de junio de 2008.
En la tramitación de este recurso se han observado las...
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