STSJ Cantabria 349/2007, 17 de Abril de 2007

PonenteJESUS MARIA MARTIN MORILLO
ECLIES:TSJCANT:2007:600
Número de Recurso298/2007
Número de Resolución349/2007
Fecha de Resolución17 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00349/2007 Rec. Núm. 298/07

Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADOS

Ilmo. Sr. D. Santiago Pérez Obregón

Ilmo. Sr. D. Jesús Mª Martín Morillo

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA

En Santander, a diecisiete de abril de dos mil siete.

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Rodolfo contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Cuatro de Santander, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Jesús Mª Martín Morillo, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Rodolfo siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro sobre invalidez y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 6 de Febrero de 2007 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El demandante, D. Rodolfo , con D.N.I nº NUM000 , nació el 16-7-1947, está afiliado en elRégimen General de la Seguridad Social con el n° NUM001 , de profesión Especialista.

  2. - El 24-5-06 se inició expediente en solicitud de incapacidad permanente, derivada de enfermedad común, emitiéndose dictamen propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades en fecha 15-6-2006, donde se determina el siguiente cuadro clínico residual:

    "Cervicoartrosis difusa. Mínimas protrusiones dorsomediales C2-3, C5-6 y C6-7. Pequeña hernia discal L4-5 y L5-S1. Afectación radicular L5 de intensidad moderada. HTA".

    Por resolución de fecha 6-7-2006, la Entidad Gestora deniega la prestación solicitada por las siguientes causas:

    Por no alcanzar las lesiones que padece, un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral, para ser constitutivas de una incapacidad permanente, según lo dispuesto en el artículo 137 de la Ley General de la Seguridad Social , aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE 29/06/94), en relación con el artículo 136.1 de la misma disposición en la redacción dada por la ley 42/1994, de 30 de diciembre (BOE 31/12/94 )".

    Contra la citada resolución se interpuso reclamación previa el día 18-7-06, siendo desestimada por resolución de 7-8-2006.

  3. - El actor estuvo en Incapacidad Temporal desde el 11-5-2006 hasta el 2-7-2006 y desde el 21-11-2006 y continúa.

  4. - El demandante presenta el siguiente cuadro clínico residual:

    "Aparato locomotor: Exploración física actual: C.Vertebral: no contracturas, no dolor a la presión de apófisis espinosas. Hace dorsiflexión hasta distancia dedos-suelo de 5 cm.

    Extremidades superiores: balance articular activo dentro de límites de normalidad. Extremidades inferiores: Balance articular pasivo con limitación en últimos grados de flexión de cadera y rotaciones. Anda de talones y puntillas.

    Informes revisados: RM Lumbar Abril-O5: pequeña hernia discal L4-5 y L5-S1 que en los últimos espacios puede comprimir las raíces correspondientes.

    EMG 16-5-06: anomalías de tipo neurógeno crónico, sin signos de denervación activa en músculo pedio izquierdo (raíz L5) compatible con afectación radicular a dicho nivel de intensidad leve- moderada.

    RM Cervical 5-6-06: rectificación de la lordosis fisiológica. Ligeros cambios degenerativos difusos (cervicoartrosis) que forman pequeños complejos disco-osteofitarios dorsomediales C2-3, C5-6 y C6-7.

    Conclusiones: Deficiencias más significativas: cervicoartrosis difusa. Mínimas protrusiones dorsomediales C2-3, C5-6 y C6-7. Pequeña hernia discal L4-5 y L5-S1. Afectación radicular L5 de intensidad moderada. HTA.

    Tratamiento efectuado, Ceno y Serv. donde ha recibido asis. el enfermo: médico: adolonta retard 150/24 h, euradel 5/24 h.

    Control cot, alta y seguimiento por Map.

    Faja Elástica para trabajar. Durante 1 año y pico ha ido a masajista por su cuenta.

    Evolución: hacia la cronicidad, con fases de mejoría y/o empeoramiento. Posibilidades terapéuticas y rehabilitadoras: según evolución. Limitaciones orgánicas y funcionales: derivadas de la clínica y diagnóstico reseñados".

  5. - Las tareas que realiza el demandante como especialista son las siguientes: "Su puesto de trabajo es CORTE, EMPALMADO Y ENROLLADO EN CORTADORAS HORIZONTALES N° 2 Y 3Proceso de trabajo:

    . Recibe del mando inmediato instrucciones sobre la medida que tiene que cortar, según pedido.

    . Monta en carro alimentador el rollo de tejido especificado.

    . Enhebra el tejido en la máquina situando en posición de corte.

    . Coloca y regula en máquina ancho y ángulo especificado.

    . Comprueba anchos y ángulos de tejido cortado.

    . Comprueba gruesos de tejido en varios puntos.

    . Cambia la máquina en funcionamiento automático.

    . Empalma piezas del tejido cortado hasta completar rollo.

    . Efectúa los almacenajes de rollos en los lugares ordenados.

    . Identifica los rollos cortados con etiquetas, colocando en ellos fecha, metros cortados y número de control.

    . Cambia rollos de alimentación según las necesidades, pedidos y medidas a cortar.

    . Quita orillas de tejido defectuoso y anota desperdicio de cada rollo de alimentación en la correspondiente etiqueta.

    . Rellena parte de trabajo.

    Tareas Periódicas u Ocasionales

    . Coloca piezas de tejido defectuoso en camillas.

    . Cambia cuchillas de corte y afila.

    Distribución del tiempo en %

    En trabajo de Producción: 70%

    En cambios de rollos y almacenaje: 30%

    Utensilios y/o equipos:

    De trabajo: Cuchilla de la máquina, rodillo de empalmado, tijera, aceitera, llaves hexagonales y fijas, piedra de afilar triangular.

    De comprobación: Comprobado...

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