STSJ Cantabria 315/2007, 9 de Abril de 2007

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2007:572
Número de Recurso255/2007
Número de Resolución315/2007
Fecha de Resolución 9 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00315/2007

Recurso núm.255/2007

Secretaria Sra. Colvée Benlloch

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias

MAGISTRADOS

Ilma. Sra. Doña Mercedes Sancha Saíz

Ilma. Sra. Doña Mª Jesús Fernández García

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de

Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. Citados al margen ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En Santander a nueve de abril de dos mil siete.

En el recurso de suplicación interpuesto por D. Gabino contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Dos de Santander y Cantabria, ha sido nombrado Ponente el Iltmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Gabino , sobre Invalidez, siendo demandados Mutua Midat y otros, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 3 de Noviembre 2006 , en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El/la actor/a Gabino nacido/a el 9 de febrero de 1964 figura afiliado/a a la Seguridad Social, ensituación de alta e incluido/a en el Régimen General con el n° NUM000 siendo su profesión habitual la de Metalúrgico Oficial de Tercera prestando sus servicios profesionales para la Empresa Siemens Busbar Trunking System, S.L.

  2. - La empresa tiene suscrito documento de asociación de accidente de trabajo con la Mutua Midat.

  3. - El día 24 de octubre de 2003 el/la actor/a sufrió un accidente laboral cuando presta sus servicios en el centro de trabajo siendo dado de alta por curación el 11 de abril de 2005 reincorporándose al trabajo. Le quedan las siguientes secuelas: Para evitar la reaparición del síndrome simpático reflejo. Se encontró sinovitis en la articulación radiocarpiana tanto en la región cubital corno en la región dorso radial. Rotura de toda la porción proximal del ligamento escafo- semilunar que se desbridó. Se exploró la articulación mediocarpiana por las vías radial y cubital, encontrándose

    estabilidad aunque a destacar gran cantidad de sinovitis. La evolución ha sido lenta, consiguiéndose el día 11 de marzo de 2005 una movilidad de 80 grados de flexoextensión y una fuerza de casi 2/3 del lado sano.

    Deficiencias más significativas: Rigidez de muñeca izquierda, tres operaciones sobre ella por de Quervain, rotura del ligamento escafo-semilunar y sinovitis global. Rigidez dedo 2 mano izquierda.

  4. - La unidad de Valoración Medica de Incapacidades emitió informe el 31 de mayo de 2005 incoándose expediente administrativo en el que recayó Resolución de la Dirección Provincial del INSS el 6 de junio de 2006 en donde se consideran las secuelas del accidente corno lesiones permanente no invalidantes, siendo indemnizado en 1.410 euros (Ba 77: 510 euros; Ba. 110:450 euros y Ba. 110: 450 euros) con cargo a la Mutua Midat.

  5. - La Base Reguladora de la Incapacidad Permanente Total derivada de Accidente de Trabajo asciende a 1.180,13 euros mensuales con efectos económicos desde que se produzca el cese en la actividad.

    La Base Reguladora de la Incapacidad Permanente Total derivada de accidente de Trabajo asciende a 1.180,13 euros mensuales con efectos económicos desde que se produzca el cese en la actividad

    La Base Reguladora de la Incapacidad Permanente Parcial derivada de accidente de trabajo asciende a 1.240,19 euros mensuales.

  6. - Ha agotado la vía administrativa previa.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció el recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La revisión que se propone para hacer constar la descripción de tareas de la profesión habitual y determinados datos adicionales del cuadro médico que afectan al actor resultan sin relevancia, ya que no inciden en el alcance funcional de las dolencias más significativas y, en concreto, que existe limitación de la movilidad de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Cantabria 1065/2016, 2 de Diciembre de 2016
    • España
    • 2 Diciembre 2016
    ...no hace presa de puño completa, pero sí pinza con dos dedos 1-2, sin pérdida funcional completa de ninguno de ellos ( SSTSJ Cantabria Social, de 9-4-2007, rec. 255/2007, para camarero con relevancia si supera la movilidad de la muñeca en un 50 %; y, 10-12-2001, rec. 889/2000, con lesiones e......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR