STSJ Canarias 45/2007, 1 de Febrero de 2007

PonenteCESAR JOSE GARCIA OTERO
ECLIES:TSJICAN:2007:514
Número de Recurso226/2002
Número de Resolución45/2007
Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

Código 05a .

Ref: RCA nº 226/02.-SENTENCIA

Ilmos Sres

Presidente: Dña Cristina Páez Martínez Virel.-Magistrados:Don César José García Otero.-Dña Inmaculada Rodríguez Falcón.

---------------------------------------En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria a 1 de febrero de 2007.-Visto, por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, el presente recurso nº 226/02, seguido por el procedimiento ordinario; en el que son partes: como recurrente, D. Cristobal , representado por la Procuradora Dña Dolores Moreno Santana y defendido por el Letrado D. Felipe Charlén Cabrera; y, como Administraciones codemandadas: la Comunidad Autónoma de Canarias, representada y defendida por Letrado de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias, el Ayuntamiento de Telde, representado por el Procurador D. Gerardo Pérez Almeida y defendido por el Letrado D. José Francisco Jiménez Estupiñán, y el Cabildo Insular de Gran Canaria, representado y defendido por la Letrada Dña Inés Charlén Cabrera; versando sobre determinaciones del Plan General de Ordenación del municipio de Telde, siendo la cuantía indeterminada.-I.- A N T E C E D E N T E S .- PRIMERO.- Por Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, de 4 de febrero de 2.002, se aprobó definitivamente y de forma parcial el Plan General de Ordenación del municipio de Telde, con publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias de 8 del mismo mes.

Por acuerdo del Concejal Delegado de Urbanismo del Ayuntamiento de Telde, de 6 de febrero de 2002, se remitió al Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas para su publicación, las Normas Urbaní sticas del Plan Estructural, así como Ordenanzas y Anexos de Unidades de Actuación del Plan Operativo, pertenecientes al Plan General de Ordenación del Municipio de Telde, aprobado definitivamente, y de forma parcial, por Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de 4 de febrero de 2002, siendo publicado dicho acuerdo en el BOP de 13 de febrero de 2.002.-

SEGUNDO

Contra dicho Acuerdo se interpuso recurso contencioso-administrativo por la Procuradora Dña Dolores Moreno Santana, en nombre y representació n de D. Cristobal .

TERCERO

En su momento, se formuló la correspondiente demanda, en la que se pedía laestimación del recurso y se dicte en su día sentencia, "anulando el acto administrativo impugnado respecto a las determinaciones que afectan a los terrenos de mi representado y reconociendo el derecho que le asiste a mi mandante a que se reconozca dicho suelo como urbanizable sectorizado -según la delimitación propuesta previamente en la que además de los terrenos de mi representado se incluyen también otros suelos colindantes y homogéneos-y condenando a la Administración a que así lo admita y ampare, con expresa imposición de costas a la misma por su manifiesta temeridad procesal".-CUARTO.- Dado traslado para la contestación, las Administraciones codemandadas se opusieron a la demanda y pidieron su desestimación.-QUINTO.- Finalizado el período probatorio, se dio traslado a las partes para conclusiones, que evacuaron todas ellas.-Fue ponente el Ilmo Sr Magistrado don César José García Otero,que expresa el parecer unánime de la Sala.-

F U N D A M E N T O S J U R I D I C O S
PRIMERO

El actor, en su condición de titular de una pieza de suelo de unos 4.000 m2, ocupada en su mayor parte por una nave destinada a almacenamiento y empaquetado de productos agrícolas, solicita la nulidad de las determinaciones del Plan General de Ordenación del municipio de Telde en el que aparece clasificado como suelo rústico en la categoría de Protección Paisajística, considerando que, dada su aptitud para el proceso urbanizador ,debió ser clasificada como suelo urbanizable en la categoría de sectorizado ordenado, al igual que los suelos contiguos con los que comparte características urbanísticas homogé neas.

Al respecto, con apoyo en un informe pericial, los motivos por los que considera que la clasificación del suelo en contraria a derecho son los siguientes:

  1. Se trata de un suelo que forma parte de una pieza de suelo mayor, colindante con el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STS, 28 de Abril de 2011
    • España
    • 28 Abril 2011
    ...Superior de Justicia de Canarias, sede en Las Palmas de Gran Canaria, de de 1 de febrero de 2007 (recurso contencioso-administrativo nº 226/2002 ). Se ha personado en las actuaciones como parte recurrida la COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, representada por el Letrado de sus servicios ANTECED......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR