STSJ Galicia , 5 de Febrero de 2007

PonenteRICARDO PEDRO RON LATAS
ECLIES:TSJGAL:2007:1678
Número de Recurso1952/2006
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación núm. 1952/06 interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA

GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. Dos de Ourense siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Ricardo Ron Latas .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª Penélope en reclamación de incapacidad siendo demandado INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 958/05 sentencia con fecha ocho de febrero de dos mil seis por el Juzgado de referencia que estimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"Primero.- La actora Dª Penélope nacida el 5-8-1945, figura afiliada a la Seguridad Social con el nº NUM000 encuadrad en el Régimen Especial Agrario, como trabajadora agrícola por cuenta propia./ Segundo.- Iniciado expediente de invalide el 28-9-2005 se dictó resolución por la Dirección Provincial del

I.N. S.S. el 26-10-2005 denegando la prestación solicitada por no encontrarse la actora en situación de invalidez permanente en ninguno de sus grados. Interpuesta reclamación previa, fue asimismo desestimada por resolución de 14-12-2005, por la cual se confirme la impugnada./ Tercero.- La actora presenta objetivadas las siguientes lesiones: cervicoartrosis, dorso artrosis marcada, lumboartrosis, discopatíaL5-S1./ Cuarto.- La base reguladora mensual de la prestación de incapacidad permanente es de 406,71 Euros".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por Dª Penélope contar el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL debo declarar y declaro que la actora se encuentra afecta de invalidez permanente en grado de incapacidad permanente total para su profesión habitual trabajadora agrícola y en consecuencia, condeno a los demandados a estar y pasar por dicha declaración y a abonar a la actora una pensión vitalicia en cuantía del 55% de la base reguladora mensual de 406,71 Euros con efectos económicos de 24-10-2005 y con aplicación de las mejoras y revalorizaciones que puedan producirse".

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandada siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia estimatoria de la demanda, declarando a la actora en situación de incapacidad permanente total, interpone recurso la representación procesal de la Administración de Seguridad Social, interesando, en primer lugar, al amparo del art. 191.b) de la Ley de Procedimiento Laboral , la revisión de los hechos declarados probados para que se modifiquen, con el fin de que en...

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