STSJ Comunidad de Madrid 998/2004, 13 de Octubre de 2004

PonenteINES MARIA HUERTA GARICANO
ECLIES:TSJM:2004:12540
Número de Recurso126/2003
Número de Resolución998/2004
Fecha de Resolución13 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

Dª. INES MARIA HUERTA GARICANOD. RICARDO SANCHEZ SANCHEZDª. MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ RODRIGO

Rº 126/03

Registro General 1100/03

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8

MADRID

SENTENCIA: 00998/2004

SENTENCIA Nº

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION OCTAVA

Ilmos. Sres.

Presidente

Dña. Inés Huerta Garicano

Magistrados

D. Ricardo Sánchez Sánchez

Dña. Carmen Rodríguez Rodrigo

En la Villa de Madrid a trece de octubre de dos mil cuatro.

VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los Autos del recurso contencioso-administrativo nº 126/03, interpuesto -en escrito presentado el día 20 de marzo de 2002- por la Procuradora Dña. Blanca Berriatúa Horta, actuando en nombre y representación de Dña. Valentina, contra la desestimación presunta de su reclamación de responsabilidad patrimonial -efectuada el 28 de febrero de 2001- como consecuencia de las lesiones invalidantes que padece a raíz de un accidente laboral que sufrió el 2 de enero de 1997.

Ha sido parte demandada la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM), representada y defendida por un Letrado de sus Servicios Jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que postuló una sentencia por la que se anulase la Resolución impugnada.

SEGUNDO

La CAM contestó la demanda -una vez la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso- Administrativo de la Audiencia Nacional, ante la que inicialmente se interpuso el recurso, se declaró incompetente objetivamente (Auto de 29 de noviembre de 2002), remitiendo las actuaciones a este Tribunal y con entrada en esta Sección Octava el día 24 de enero de 2003- en escrito por el que solicitaba la desestimación del recurso.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, y formulado escrito de conclusiones por ambas partes, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 21 de septiembre de 2004, teniendo lugar.

La Sala, haciendo uso de la facultad que le otorga el art. 33.2 LJCA, con suspensión del plazo para dictar Sentencia y sin que ello supusiera prejuzgar con carácter definitivo el fallo, sometió a la consideración de las partes la posible desestimación del recurso por prescripción del derecho, con el resultado que obra en autos.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales, habiendo quedado fijada la cuantía del pleito en 150.253 ¤.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso se concreta en determinar si la...

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