STSJ Comunidad de Madrid 979/2003, 1 de Octubre de 2003

PonenteDª. MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ RODRIGO
ECLIES:TSJM:2003:13359
Número de Recurso923/2000
Número de Resolución979/2003
Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Dª. INES MARIA HUERTA GARICANOD. RICARDO SANCHEZ SANCHEZDª. MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ RODRIGO

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8

MADRID

SENTENCIA: 00979/2003

S E N T E N C I A nº 9 7 9

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION OCTAVA

Ilmos. Sres.

Presidente

Doña Inés Huerta Garicano

Magistrados

Don Ricardo Sánchez Sánchez

Doña Carmen Rodríguez Rodrigo

____________________________________________________

En Madrid, a uno de octubre de dos mil tres.

Visto por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Admnistrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el recurso contencioso-administrativo número 923/2000, interpuesto por el Procurador de los Tribunales Don Albito Martínez Díez, en nombre y representación de la mercantil CARRAVILLAR S. L. (Ganadería) contra la resolución de fecha 22 de junio de 2000 dictada por el Consejo de Gobierno de la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Madrid por la que se impone la sanción de multa de quince millones de pesetas por la comisión de la infracción muy grave tipificada y sancionada en el artículo 35.1,c) de la Ley 14/86 de 25 de abril, General de Sanidad en relación con el artículo 24.1 del Real Decreto 1.749/98 de 31 de julio por que se establecen las medidas de control aplicables a determinadas sustancias y sus residuos en animales vivos y sus productos "por la presencia de implantes de acetato de trembolona y benzotato de estradiol en las muestras de oveja con números de precinto 98/2801434, 98/2801438, 98/2801439, 98/2801322, 98/2801452, 98/2801453, 98/2801454, 98/2801456 y 98/2801458, que se mantiene por el Acuerdo dictado de 5 de octubre de 2000 y que resuelve el recurso de reposición".

Siendo parte demandada la Comunidad Autónoma de Madrid representada y defendida por el Letrado Don Federico Lara González.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito, en el que suplica se dicte sentencia por la que, estimando el recurso, se revoque los acuerdos recurridos, y se fije una indemnización de daños y perjuicios, con imposición de las costas a la Administración.

Al propio tiempo, se solicitó la suspensión de la ejecutividad del acto impugnado, formándose pieza separada que tramitada en legal forma se resolvió por auto de 4 de octubre de 2000 en que se acordó no suspender la ejecutividad del acto recurrido.

SEGUNDO

El Letrado de la Comunidad de Madrid contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el pleito a prueba, y evacuado el trámite de conclusiones prevenido por la Ley, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento.

CUARTO

Para votación y fallo del presente proceso se señaló la audiencia del día treinta de septiembre de dos mil tres, teniendo así lugar.

QUINTO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Ilustrísima Señora Doña Carmen Rodríguez Rodrigo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso-administrativo se dirige contra de la mercantil CARRAVILLAR S. L. (Ganadería) contra la resolución de fecha 22 de junio de 2000 dictada por el Consejo de Gobierno de la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Madrid por la que se impone la sanción de multa de quince millones de pesetas por la comisión de la infracción muy grave tipificada y sancionada en el artículo 35.1,c) de la Ley 14/86 de 25 de abril, General de Sanidad en relación con el artículo 24.1 del Real Decreto 1.749/98 de 31 de julio por el que se establecen las medidas de control aplicables a determinadas sustancias y sus residuos en animales vivos y sus productos "por la presencia de implantes de acetato de trembolona y benzotato de estradiol en la muestras de oveja con números de precinto 98/2801434, 98/2801438, 98/2801439, 98/2801322, 98/2801452, 98/2801453, 98/2801454, 98/2801456 y 98/2801458, que se mantiene por el Acuerdo dictado de 5 de octubre de 2000 y que resuelve el recurso de reposición".

Pretende la recurrente la nulidad de la resolución recurrida por estimar que es contraria a Derecho, aduciendo un apoyo de su pretensión y, en esencia, las siguientes alegaciones:

- por el Servicio Veterinario Oficial del Matadero "CARNES SIERRA DE MADRID, S. A." se procedió los días 4 y 7 de septiembre de 1998 a realizar una inspección a sendas partidas de 18 bovinos hembras añojos, ante la sospecha de administración de sustancias prohibidas, y la Dirección General de Sanidad denunció los hechos que dieron lugar a las Diligencias Previas 766/98 seguidas en el Juzgado de Instrucción nº 3 de Segovia en las que se dictó Auto el 20 de julio de 1999 acordando el sobreseimiento provisional de 4 actuaciones al no poderse imputar delito contra la salud pública a los hermanos D. Bartolomé y D. Narciso , administradores y responsables de la empresa recurrente.

- los Servicios Veterinarios del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León con fecha 9 de noviembre de 1998 procedieron a la inmovilización cautelar de la explotación de la empresa, afectando a 314 animales bovinos y practicados los...

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