STSJ Comunidad de Madrid 876/2004, 24 de Septiembre de 2004

PonenteGERVASIO MARTIN MARTIN
ECLIES:TSJM:2004:11639
Número de Recurso57/2004
Número de Resolución876/2004
Fecha de Resolución24 de Septiembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

D. JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANOD. ALFONSO SABAN GODOYD. MARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZD. GERVASIO MARTIN MARTIN

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4

MADRID

SENTENCIA: 00876/2004

APELACIÓN Nº 57/04

Ltdo. Comunidad de Madrid

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección 4ª

PONENTE Sr. Gervasio Martín Martín

A U T O Nº 876

Presidente Ilmo. Sr.

Juan Ignacio González Escribano

Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy

Dª Mª Rosario Ornosa Fernández

D. Gervasio Martín Martín

En Madrid a veinticuatro de septiembre de dos mil cuatro.

Visto en grado de apelación ante esta Sección 4ª formada por los Srs. Magistrados anotados al margen el recurso contencioso administrativo seguido en el Juzgado de este orden nº 9 de los de Madrid con el nº 6/04 interpuesto por la Comunidad de Madrid, representada por la Letrada Sra. Blanco Toribio en solicitud de autorización de entrada en domicilio, cuyo proceso ha sido elevado a esta Sección 4ª en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Comunidad de Madrid contra el Auto dictado en dicho recurso de fecha 21 de abril de 2004. No constan más partes personadas.

La cuantía es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

En los mencionados autos recayó resolución de fecha21 de abril de 200, cuya parte dispositiva dice: "Se deniega la autorización solicitada por la LETRADO DE LA COMUNIDAD DE MADRID en nombre de CNAL DE ISABEL II para la entrada a la finca 003 del Polígono 3, parcela 3 del término municipal de Titulcia (Madrid).

Llévese el original d esta resolución al Libro de Autos, quedando en las actuaciones testimonio de la misma.

Para la nitrificación a las partes no representadas por Procurador y para la práctica de las diligencias acordadas, en su caso se delega en el Servicio Común de Notificaciones y Embargos del Decanato d esta Sede Judicial, al que se adjuntará la documentación necesaria para su práctica, sirviendo copia de esta resolución de mandamiento en forma.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación en un solo efecto que podrá interponerse ante este Juzgado dentro de los QUINCE DÍAS siguientes a su notificación."

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma por la Letrada Sra. Sra. Blanco Toribio en representación de la Comunidad de Madrid el recurso de apelación que autoriza la Ley 29/98 que fue admitido por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en ambos efectos, y como no había más partes personadas el Juzgado acordó la elevación de los autos a esta Sala de lo Contencioso Administrativo, que fueron repartidos por razón de la materia a esta Sección 4ª.

TERCERO

Recibidos los autos en esta Sección, fue registrado y formado el rollo correspondiente personándose la parte apelada.

Señalada la...

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