STSJ Comunidad de Madrid 19/2004, 16 de Enero de 2004

PonenteDª. MARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZ
ECLIES:TSJM:2004:324
Número de Recurso209/2001
Número de Resolución19/2004
Fecha de Resolución16 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

D. JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANOD. ALFONSO SABAN GODOYD. VALERIANO PALOMINO MARINDª. MARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZD. JUAN PEDRO QUINTANA CARRETERO

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4

MADRID

SENTENCIA: 00019/2004

Proc. Sra. De Zulueta Luchsinter

A.E

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección 4ª

RECURSO Nº 209 de 2001

PONENTE Sra. Mª Rosario Ornosa Fernández

S E N T E N C I A Nº 19

Presidente Ilmo. Sr.

Juan Ignacio González Escribano

Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy

D. Valeriano Palomino Marín

Dª Mª Rosario Ornosa Fernández

D. Juan Pedro Quintana Carretero

En Madrid a dieciséis de enero de dos mil cuatro

Visto por la Sala del margen el recurso nº 209 de 2001 interpuesto por la Procuradora Sra. De Zulueta Luchsinter en nombre y representación de D. Bartolomé contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 29 de junio de 2000 que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra otra resolución del mismo organismo de 20 de agosto de 1999 que denegó la inscripción de la marca nacional 2.191.133 9 MC MISS CANARIAS, mixta, clase 41. Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por su Abogacía.

La cuantía del recurso es indeterminada

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 20 de febrero de 2001 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

No acordado el recibimiento a prueba, se dio traslado a las partes sucesivamente para conclusiones, quienes las evacuaron en sendos escritos en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

CUARTO

Con fecha 15 de enero de 2004 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Mª Rosario Ornosa Fernández.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de D. Bartolomé interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 29 de junio de 2000 que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra otra resolución del mismo organismo de 20 de agosto de 1999 que denegó la inscripción de la marca nacional 2.191.133 9 MC MISS CANARIAS, mixta, clase 41, servicios de educación y esparcimiento y especial concursos y certámenes, basando dicha desestimación en que en que era incompatible con las marcas núm. 1.900.068, MISS ISLAS CANARIAS y 1.766.968, MISS GRAN CANARIA, ambas de la clase 41.

SEGUNDO

Para apoyar su decisión de desestimar el recurso interpuesto, la resolución impugnada ha considerado que el Art. 12. 1 de la Ley 32/1988 Marcas, de 10 de Noviembre, prohibe el registro como marcas...

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