STSJ Comunidad de Madrid 139/2004, 10 de Febrero de 2004

PonenteD. ALFREDO ROLDAN HERRERO
ECLIES:TSJM:2004:1510
Número de Recurso1476/2001
Número de Resolución139/2004
Fecha de Resolución10 de Febrero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

D. ALFREDO ROLDAN HERRERODª. CLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIADª. FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRIONDª. MARIA JESUS VEGAS TORRESD. JOSE FELIX MARTIN CORREDERAD. FRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTA

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00139/2004

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

RECURSO Nº 1.476/01

SENTENCIA Nº 139

PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero

MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García

Dª. Francisca Rosas Carrión

Dª. María Jesús Vegas Torres

D. José Félix Martín Corredera

D.Francisco Javier Sancho Cuesta

En Madrid, a diez de febrero de dos mil cuatro.

Vistos los autos del recurso número 1.476/01 que ante esta Sala ha promovido la Procuradora Dª Mª Rosario Castro Rodrigo, en nombre y representación de Dª Consuelo, sobre denegación de entrada. Ha sido parte la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO representada por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Alfredo Roldán Herrero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso-administrativo mediante escrito presentado en fecha 11-5-01, acordándose su admisión en fecha 1-10-01, con todo lo demás procedente en derecho.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 11-3-02, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

TERCERO

El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado en fecha 22-7-02, en el cual suplicó la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba por auto de fecha 16-9-02, se propuso por la parte actora la documental, admitiéndose con el resultado que obra en autos y en su caso se analizará.

QUINTO

No pedida vista ni conclusiones se señaló para votación y fallo el día 5-2-04, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución de la Dirección General de la Policía de fecha 14-1-01, confirmada en fecha 27-3-01, que denegó la entrada en España a la natural de Colombia Dª Consuelo.

SEGUNDO

Aplicando el art. 20 del Convenio Shengen, la Administración impidió el acceso porque ya había aportado con anterioridad el plazo máximo de estancia de tres meses en un período de seis.

TERCERO

Consta documentado que la viajera había entrado en España el 4-8-00 y salió el 6-12-00, pretendiendo entrar de nuevo el 14-1-01, es decir que en un plazo de cinco meses había agotado cuatro.

CUARTO

Dado que España era en este caso la frontera exterior de la Unión Europea así como país de destino al menos inicial, ejercitó las competencias asumidas por el Convenio Shengen y asumió las obligaciones de control en el mismo contraídas frente a los demás Estados firmantes y ante...

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