STSJ Comunidad de Madrid 870/2002, 29 de Julio de 2002

PonenteD. JOSE FELIX MENDEZ CANSECO
ECLIES:TSJM:2002:10844
Número de Recurso23/2002
Número de Resolución870/2002
Fecha de Resolución29 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

D. JOSE FELIX MENDEZ CANSECODª. FRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRIONDª. ELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTID. JUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZD. FRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOSD. ENRIQUE CALDERON DE LA IGLESIA

Ap 23/02

Recurso de apelación 23/02

SENTENCIA NUMERO 870

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION SEGUNDA

Ilustrísimos señores:

Presidente.

Don José Félix Méndez Canseco.

Magistrados:

Dñª. Francisca María Rosas Carrión.

Dñª. Elvira Adoración Rodríguez Martí.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

D. Francisco Javier Canabal Conejos.

D. Enrique Calderón de la Iglesia.

En la Villa de Madrid, a veintinueve de julio de dos mil dos.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso de apelación número 23/02, interpuesto por el Ayuntamiento de Madrid, contra la sentencia núm. 234/01, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 25, recaída en el PO n° 31/01. Siendo parte D. Jose Daniel, asistido y representado por la Letrado Dª. Mª. Rosario Villas de Antonio.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 3 de Diciembre de 2001, por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n° 25 de los de esta ciudad, en el procedimiento Ordinario número 31/2001, se dictó Sentencia cuyo fallo acordó estimar la demanda del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra resolución de fecha 16-4-01, de la Tercera Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Madrid, desestimatoria de recurso de reposición planteado contra resolución sancionadora, de fecha 10-1-01, dictada por la citada Tercera Teniente de Alcalde, imponiendo, al recurrente, sanción de suspensión del permiso municipal para conducir Taxi n° NUM000, por un período de seis meses, declarando que dichas resoluciones y sanción no son conformes a Derecho, al haberse producido la caducidad del expediente sancionador.

SEGUNDO

Por escrito presentado el día 18 de Diciembre de 2001, la representación del Ayuntamiento de Madrid, interpuso recurso de apelación contra la citada sentencia formulando los motivos de impugnación frente a la resolución recurrida y terminó solicitando su admisión y estimación.

TERCERO

Por providencia de fecha 19 de diciembre de 2001, se admitió a trámite el recurso y se acordó dar traslado del mismo a la parte demandada, presentándose por la procuradora Dª. Mª. del Rosario Villas de Antonio, en representación de D. Jose Daniel, escrito el día 11 de Enero de 2002, se opuso al mismo y solicitó su desestimación y la confirmación de la Resolución recurrida.

CUARTO

Por resolución de 11 de enero de 2002, se elevaron las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta sección segunda, siendo designado Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. Don José Félix Méndez Canseco, señalándose el día 23 de julio de 2002, para la deliberación, votación y fallo del recurso de...

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