STSJ Murcia 518/2000, 10 de Abril de 2000

PonenteJOSE LUIS ALONSO SAURA
ECLIES:TSJMU:2000:1176
Número de Recurso1233/1999
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución518/2000
Fecha de Resolución10 de Abril de 2000
EmisorSala de lo Social

D. FRANCISCO MARTINEZ MUÑOZD. JOSE LUIS ALONSO SAURAD. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ

1

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA REGION DE MURCIA

-------------

SALA DE LO SOCIAL

jc/-

Rollo número 1.233/99

ILTMO. SR. D. FRANCISCO MARTINEZ MUÑOZ

Presidente.

ILTMO. SR. D. JOSE LUIS ALONSO SAURA

ILTMO. SR. D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ

Magistrados

En la ciudad de Murcia a diez de abril del año dos mil.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilustrísimos Señores citados.

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUMERO -- 518 --

En el Recurso de Suplicación interpuesto por D. Ángel Jesús frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social número 6 de Murcia, recaída en autos número 62/98, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Sofía , Dª María Angeles , Dª Ana y Dª Catalina , en reclamación de Contrato de Trabajo -Adjudicación plaza-, siendo demandados el Instituto Nacional de la Salud y D. Ángel Jesús , y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado Sentencia en fecha 20 de Mayo de 1.999 por el Juzgado de lo Social de referencia, por la que se estimó la pretensión de la parte actora.

SEGUNDO

En la citada Sentencia, y como hechos probados, se declaraban: "1º) Las actoras, Dª. Sofía , Dª María Angeles , Dª Ana y Dª Catalina , vienen prestando servicios para el INSALUD con las circunstancias personales y profesionales que se especifican en sus iniciales escritos de demanda, ostentando todas ellas la categoría profesional de A.T.S.- 2º) Por resolución de 8-4-97, de la Dirección General de Recursos Humanos del INSALUD, se autorizó a la Dirección Provincial de Murcia a publicar oferta de incorporación de personal estatutario de carácter sanitario para su integración directa en los Equipos de Atención Primaria y Unidades de Apoyo a los mismos, dependientes de la Dirección Provincial de Murcia.- 3º) El día 9-5-97 se publicó en el tablón de anuncios de la Dirección Provincial del INSALUD de Murcia y demás instituciones sanitarias ofertadas la resolución de 7-5-97 de la Dirección Provincial conteniendo las bases de oferta de incorporación de personal sanitario para su integración directa en los Equipos de Atención Primaria, concediendo un plazo de un mes en su base 3.1 para presentar solicitudes. En dicha oferta de integración no participaron las demandantes, salvo Dª Sofía que habiendo presentado solicitud para participar el 6-6-97, fue excluida de las listas de admitidos provisionalmente, publicadas por resolución de 27-6- 97 así como de las listas definitivas de admitidos, publicadas por resolución de 14-7-97.- 4º) En virtud de esta última resolución se integró al codemandado, D. Ángel Jesús , a quien se adjudicó la plaza de Equipo de Atención Primaria de Cartagena-Los Dolores, por resolución de 22-7- 97.- 5º) D. Ángel Jesús obtuvo una plaza de Enfermero de Apoyo de Atención Primaria en el C.A.P. de Cartagena por resolución de 16-2-94, en virtud de concurso de traslados; encontrándose desde 10-11-94 en comisión de servicios en el E.A.P. de Cartagena-Los Dolores.- 6º) La Base Segunda de la Oferta de Incorporación, sobre requisitos de los aspirantes y plazas a las que pueden optar, establece, a los efectos que aquí interesan que: "1. Para ser admitidos a la oferta de incorporación, los aspirantes deberán ostentar la condición de personal estatutario de la Seguridad Social, en servicio activo y con nombramiento en propiedad de modelo tradicional como MédicoGeneral, Odontólogo, Médico Pediatra, Médico de Servicio de Urgencia, Enfermería, Matrona, Fisioterapeuta o Auxiliar de Enfermería con nombramiento en propiedad en alguno de los siguientes Centros: a) Institución Sanitaria dependiente de centro degestión de Atención Primaria en cuya Zona de Salud se ofrecen las plazas de Equipos de Atención Primaria que se indican en el anexo I.- b) Servicio de Urgencia que extienda su ámbito de actuación a una o varias Zonas de Salud en las que se ofrecen plazas de Equipos de Atención primaria que se indican en el anexo I.- c) Institución Sanitaria dependiente de centro de gestión de Atención Primaria perteneciente al Area de Salud a la cual estén adscritas las Unidades de Apoyo cuyas vacantes se ofrecen.- d) Empresas colaboradoras, siempre que la modalidad en la prestación de servicios sea de Cupo Puro. La integración se efectuará en los Equipos del Area por la que perciben los haberes".- 7º) Las demandantes reclaman en la presente litis que se deje sin efecto la integración y posterior adjudicación a D. Ángel Jesús de la plaza de E.A.P. de Cartagena-Los Dolores; habiendo quedado agotada la vía administrativa previa a la judicial"; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que debo desestimar y desestimo la excepción de carencia de acción alegada por los codemandados.- Que estimando las demandas planteadas por Dª Sofía ,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR