STSJ Cataluña 562/2008, 27 de Junio de 2008
Ponente | JOSE JUANOLA SOLER |
ECLI | ES:TSJCAT:2008:8726 |
Número de Recurso | 92/2007 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 562/2008 |
Fecha de Resolución | 27 de Junio de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Sección Tercera
Recurso nº 92/2007
S E N T E N C I A núm. 562
Ilustrísimos Señores Magistrados:
D. José Juanola Soler
Da. María del Pilar Martín Coscolla
D. Manuel Táboas Bentanachs
Barcelona, a veintisiete de junio dos mil ocho.
Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el
presente recurso contencioso administrativo, seguido entre partes: como parte demandante, DON Marcos
y DOÑA Encarna, representada por el procurador/a Don/Doña MARIA TERESA AZNAREZ
DOMINGO; como parte demandada, la Generalitat de Catalunya, representada y defendida por Letrado/a de la Generalitat.
En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D.
-
- El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra Resolución del Director General d'Habitatge de 25.5.2006, desestimatoria del recurso de alzada contra Resolución del Cap del Servei d'Habitatge Protegit Privat de fecha 22.12.2005, que denegó la descalificación de la vivienda de protección oficial situada en Pl. de Cal Gravat, 1, 2º, 2ª, de Manresa.
-
- Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, y admitido a trámite y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictara Sentencia estimatoria de la demanda articulada.
-
- Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora.
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- Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos. Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 11.6.2008.
El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión actora de que se declare la nulidad, subsidiariamente, se anule, la Resolución del Director General d'Habitatge de 25.5.2006, desestimatoria del recurso de alzada contra Resolución del Cap del Servei d'Habitatge Protegit Privat de fecha 22.12.2005, que denegó la descalificación de la vivienda de protección oficial situada en Pl. de Cal Gravat, 1, 2º, 2ª, de Manresa; y se declare el derecho de los aquí demandantes a la autorización administrativa de descalificación de la indicada vivienda de protección oficial, condenando a la Administración a conceder dicha autorización.
Interesa recordar que la descalificación voluntaria es un instituto jurídico en virtud del cual la Administración, a solicitud del propietario legítimo de una vivienda protegida, la despoja del régimen especial administrativo al que está sometida, con sujeción a requisitos derivados de la exigencia de devolución a la Administración de lo que estos abonaron o dejaron de percibir por razón de la protección pública de la vivienda. A subrayar que en virtud de la descalificación el...
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