STSJ Comunidad Valenciana 504/2006, 14 de Febrero de 2006

PonenteANTONIO MARTINEZ ZAMORA
ECLIES:TSJCV:2006:2965
Número de Recurso3759/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución504/2006
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2006
EmisorSala de lo Social

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Recurso de suplicación nº 3759/05

Recurso contra Sentencia núm. 2759/05

Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan

Presidente

Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora

Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a catorce de febrero de dos mil seis

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 504/06

En el Recurso de Suplicación núm. 3759/05, interpuesto contra la sentencia de fecha 6 de Junio de 2005, dictada por el Juzgado de lo Social núm. DOS de Castellón, en los autos núm. 222/05, seguidos sobre invalidez, a instancia de D. Aurelio , asistido de la Letrada Dª Mª Angeles Alfonso Casaña, y representado por la Procuradora Dª Rosario Arroyo Cabria, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, asistido de la Letrada Dª Beatriz Villalobos de Jesús, la Tesorería General de la Seguridad Social, y la empresa Fuentes S.L., asistida del Letrado D. Severino Falcó Tolentino y representada por la Procuradora Dª Rosa Selma García Faria y en los que es recurrente el demandante y el demandado Instituto Nacional de la Seguridad Social, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 6 de Junio de 2005 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando la demanda interpuesta por D. Aurelio frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la empresa FUENTES S.L., debo declarar y declaro que la parte actora se encuentra en situación de Invalidez Permanente en Grado de Absoluta, con origen en enfermedad común, y en consecuencia condeno a la parte demandada, a que le reconozcan dicha invalidez, y a que le abone una pensión vitalicia mensual de cuantía de 100 por ciento de su salario base regulador de 1.743,04 euros, con más los incrementos legales correspondientes y con efectos desde el día 29-7-04.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- La parte actora D. Aurelio , con D.N.I. NUM000 , se encuentra afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con el núm. NUM001 por consecuencia de los servicios prestados como jefe de obra y coordinador de la división de obra civil en la empresa Fuentes, S.L.. SEGUNDO.- El actor inició la vía administrativa ante el INSS, que en fecha 13-10-04 dictó resolución por la que declaraba que las lesiones que presentaba eran constitutivas de incapacidad permanente total para su profesión habitual. Contra dicha resolución interpuso reclamación previa interesando que fuese declarado en situación de incapacidad permanente absoluta, que fue desestimada por resolución de fecha 4-2-05. TERCERO.- La base reguladora asciende a la cantidad de 1.743,04 euros, la fecha de efectos es de 29-7-04, y la fecha de revisión de 14-09-06. (Folios 58,59,60,61,62 y 63). CUARTO.- La parte actora padece: cardiopatía isquémica crónica, progresiva en tratamiento médico completo, que ha precisado varios ingresos hospitalarios. Ha necesitado de varias dilataciones...

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