STSJ Comunidad de Madrid , 21 de Mayo de 2001

PonenteMARIA JESUS VEGAS TORRES
ECLIES:TSJM:2001:6888
Número de Recurso10050/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso núm. 10.050/98 SENTENCIA NUM. 891 Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Alfredo Roldán Herrero Magistrados Doña Clara Martínez de Careaga y García Don Fernando de Mateo Menéndez Don José Daniel Sanz Heredero Doña Fátima Arana Azpitarte Doña M Jesús vegas Torres En la Villa de Madrid, a 21 de mayo de 2001.

Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del presente recurso contencioso-administrativo número 10.050/98, interpuesto por el letrado sr. Walker Mendoza, actuando en nombre y representación de DOÑA Rosa , contra la Resolución del Consulado General de España en Santo Domingo de fecha 10 de diciembre de 1997 por la que se denegaba el visado de residencia para reagrupación familiar solicitado por Doña Lidia para su hija Rosa Ha sido parte LA ADMINISTRACION DEL ESTADO, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora por término de veinte días para formalizar la demanda, lo que verificó por escrito presentado al en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicita sentencia estimatoria del recurso por la que se anule la resolución recurrida declarando haber lugar a la concesión de visado para reagrupación familiar de la esposa del recurrente.

SEGUNDO

La Administración demandada, una vez conferido el tramite pertinente para contestar la demanda, presentó escrito en el que alegó los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, solicitando una sentencia en la que se declare la conformidad a derecho de las resoluciones impugnadas.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento da prueba y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes por termino de quince días para la formulación de conclusiones. Presentados los oportunos escritos quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y Fallo, fijándose al efecto el día 21 de mayo del presente año, fecha en que tuvo lugar la deliberación y votación .

Siendo PONENTE la Magistrada ILMA. SRA Dª. M Jesús vegas Torres.

HECHOS

PROBADOS De los...

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