STSJ Comunidad de Madrid 598/2006, 20 de Abril de 2006

PonenteALFREDO ROLDAN HERRERO
ECLIES:TSJM:2006:5465
Número de Recurso646/2003
Número de Resolución598/2006
Fecha de Resolución20 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

ALFREDO ROLDAN HERREROCLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIAFRANCISCA MARIA DE FLORES ROSAS CARRIONMARIA JESUS VEGAS TORRESFRANCISCO JAVIER SANCHO CUESTAJOSE FELIX MARTIN CORREDERA

Recurso nº 646/03

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1

MADRID

SENTENCIA: 00598/2006

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION PRIMERA

RECURSO nº 646/03

SENTENCIA Nº 598

PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero

MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García

Dª. Francisca Rosas Carrión

Dª. Mª Jesús Vegas Torres

D. Francisco Javier Sancho Cuesta

D. José Félix Martín Corredera

En Madrid, a veinte de abril de dos mil seis.

Vistos los autos del recurso número 646/03 que ante esta Sala ha promovido el Procurador Sr. Batllo Ripoll, en nombre y representación de D. Luis Pedro , sobre exención de visado. Ha sido parte la Administración General del Estado representada por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Alfredo Roldán Herrero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 5-5-03, acordándose su admisión en fecha 7-5-03 con todo lo demás procedente en derecho.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 4-7-03, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

TERCERO

El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado en fecha 4-11-03 en el cual suplicó la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba por auto de fecha 1-12-03 , se propuso por la parte actora la documental, admitiéndose con el resultado que obra en autos y en su caso se analizará.

QUINTO

Dado traslado a las partes para conclusiones, formalizaron sus escritos ratificando sus pedimentos. Se señaló para votación y fallo el día 6-4-06 en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución de la Delegación del Gobierno en Madrid de fecha 23-10-02, confirmada en fecha 26-2-03, que denegó exención de visado para la obtención de tarjeta de estudiante al natural de Argentina D. Luis Pedro .

SEGUNDO

La resolución recurrida considera que no concurren en el solicitante ninguno de los supuestos previsto en el art. 49-2 del R.D. 864/01 de 20 de julio.

TERCERO

En su solicitud inicial se sustentaba la petición concretamente en el art. 49-2-k del citado Reglamento de Extranjería que permite declarar exento de visado al extranjero ascendiente de ciudadano español o extranjero residente legal en España que viva a expensas de éste y reúna los requisitos necesarios para beneficiarse de la reagrupación familiar.

CUARTO

Los padres del solicitante son residentes legales en España y una hermana tiene la nacionalidad española. El propio interesado ya tuvo desde 1993 a 1995, siendo menor de edad, permiso de residencia inicial tras obtenerlo sus padres. Posteriormente toda la familia regresó a Argentina al completo y en 2001 deciden volver a España, esta vez sin visados, obteniendo los padres nuevos...

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