STSJ Asturias , 18 de Junio de 2004

PonenteCARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJAS:2004:3218
Número de Recurso863/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución18 de Junio de 2004
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL OVIEDO SENTENCIA: 02004/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN N.I.G: 33044 34 4 2004 0108825 , MODELO: 46050 TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000863 /2004 Materia: DESPIDO OBJETIVO Recurrente/s: AYUNTAMIENTO DE OVIEDO Recurrido/s: Armando JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de OVIEDO DEMANDA 0000846 /2003 Sentencia número: 2004/04 Ilmos. Sres.

D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ En OVIEDO a dieciocho de Junio de dos mil cuatro, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española , EN NOMBRE DE S.M. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA

En el RECURSO SUPLICACION 0000863/2004, formalizado por el/la Sr/a. Procurador D/Dª. LUIS DE MIGUEL BUERES FERNANDEZ, en nombre y representación de AYUNTAMIENTO DE OVIEDO, contra la sentencia de fecha dieciséis de enero de dos mil cuatro, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 002 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 0000846/2003 , seguidos a instancia de Armando representada por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª. ANA MARTINEZ CASTAÑON frente a AYUNTAMIENTO DE OVIEDO, parte demandada, en reclamación por despido, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ , y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha dieciséis de enero de dos mil cuatro por la que se estimaba parcialmente la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El actor prestó sus servicios para el Ayuntamiento de Oviedo en virtud de contrato de colaboración social de fecha 9 de febrero de 2000, finalizando el 30 de septiembre de 2000, en el centro ecuestre El Asturcón siendo su categoría profesional al de Peón y el Salario 82.290 ptas.

  2. - El 2 de octubre de 2000 se concertó entre las partes un contrato de 9obra o servicio determinado con una duración hasta el 30 de septiembre de 2003, con la categoría de Domador de caballos y un salario bruto mensual de 1.5333,96 . La obra a realizar era "Trabajos en el centro ecuestre El Asturcón".

  3. - No ostentó la representación de los trabajadores.

  4. - Las funciones que realizó durante la vigencia de los dos contratos consistían en la limpieza de las cuadras, el mantenimiento de tractores, carga y descarga de camiones, la instalación y desmontaje de obstáculos en los concursos y las reparaciones pequeñas.

  5. - Arturo y Armando también prestan sus servicios en el centro El Asturcón y realizan las mismas funciones que el actor.

  6. - En el mes septiembre de 2003 se les notificó el Decreto del Concejal Delegado de Personal de fecha 26 de agosto , en l que se acordaba la extinción del contrato con efectos al 30 de septiembre del mismo año.

  7. - Tras su cese las tareas que realizaban las desempeñan otros trabajadores que prestaban servicios cuando el actor. El número de ellos va progresivamente...

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