STSJ Comunidad de Madrid , 21 de Octubre de 2004

PonenteFRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS
ECLIES:TSJM:2004:13038
Número de Recurso4835/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2 MADRID SENTENCIA: 01568/2004 Recurso 4835/98 SENTENCIA NUMERO 1568 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

D. Javier E. López Candela Magistrados:

Dñª. Elvira Adoración Rodríguez Martí

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez D. Miguel Ángel García Alonso D. Francisco Javier Canabal Conejos Dñª. Sandra María González de Lara En la Villa de Madrid, a veintiuno de octubre de dos mil cuatro.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 4835/1998, interpuesto por don Imanol , representado por el Letrado Sr. Encabo Durán, contra Decreto de 8 de junio de 1.998 del Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Madrid que, en alzada, confirma Decreto de 2 de octubre de 1.997 del Concejal Presidente de la Junta Municipal de Barajas , por el que se ordenaba la realización de obras en la finca c/

DIRECCION000 núm. NUM000 . Siendo parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el Procurador

Sr. Granados Bravo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 22 de febrero de 2000, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, siendo ellos: a.- la ejecución de las obras en función de la licencia en su día concedida.

b.- la falta de elementos de prueba que acrediten que las humedades de la finca colindante se debieran a un defecto en la ejecución de aquellas; c.- omisión del trámite de audiencia con clara indefensión; terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada. Solicitando el recibimiento a prueba.

SEGUNDO

Que el Ayuntamiento de Madrid se opuso a la demanda por escrito presentado el 18 de octubre de 2.000 en el que sostuvo la legalidad de la resolución administrativa sobre la base del artículo 181.2 de la Ley del Suelo .

TERCERO

Que, por Auto de fecha 11 de julio de 2.001 , se acordó haber lugar al recibimiento a prueba del presente recurso, practicándose la admitida por la Sala con el resultado obrante en autos. Y, no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y fallo del presente recurso el día 21 de octubre de 2004, a las 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

Vistos.- Siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Canabal Conejos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpuso el recurso contra Decreto de 8 de junio de 1.998 del Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Madrid que, en alzada, confirma Decreto de 2 de octubre de 1.997 del Concejal Presidente de la Junta Municipal de Barajas , por el que se ordenaba la realización de obras en la finca c/

DIRECCION000 núm. NUM000 , titularidad del recurrente, consistentes en la impermeabilización y drenaje en el muro medianero con el nº NUM001 , de modo que se elimine la penetración de humedades al interior de la vivienda, omitiéndose el trámite de audiencia por...

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