STSJ Comunidad de Madrid , 6 de Junio de 2000

PonenteLAURA TAMAMES PRIETO-CASTRO
ECLIES:TSJM:2000:7223
Número de Recurso862/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Ltda. Dª. Pilar Cabanillas Cabanillas Ltdo. D. Wilfredo Jurado Rodríguez TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección de Apoyo núm. 3 RECURSO N° 862 de 1998 PONENTE Sra. Laura Tamames Prieto Castro SENTENCIA N° 572 Magistrados Ilmos. Sres.

José I. Parada Vázquez D. Alfonso Sabán Godoy Dª Laura Tamames Prieto Castro En Madrid a seis de junio de dos mil. Visto por la Sala del margen el recurso n° 862 de 1998 interpuesto por la Letrada doña Pilar Cabanillas Cabanillas en representación de don Luis Antonio contra la resolución del Ayuntamiento de Parla de 20 de enero de 1998, por la que se desestima su reclamación en relación con la liquidación de precios públicos, años 1995 y 1996 por entrada de vehículos en la finca de su propiedad sita en la CALLE000 nº

NUM000 en la URBANIZACIÓN000 del término municipal de Parla; habiendo sido parte el Ayuntamiento de Parla, representado por el Letrado don Wilfredo Jurado Rodríguez.

La cuantía del recurso es indeterminada pero inferior a veinticinco millones de pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado en fecha 26 marzo de 1998 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas por las partes, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

QUINTO

Con fecha 2 de junio de 2000 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia.

Siendo Ponente la Magistrada lima. Sra. Dª. Laura Tamames Prieto Castro.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Alega el recurrente que es propietario de una vivienda unifamiliar en la URBANIZACIÓN000 del término de Parla en la CALLE000 n° NUM000 , no habiendo sido objeto de recepción definitiva por parte del Ayuntamiento el suelo ocupado por dicha Urbanización, y que no obstante el Ayuntamiento de Parla giró los recibos a finales de 1997 correspondientes a los años 1995 y 1996 en concepto de precio público por la utilización privativa del suelo público con la entrada de vehículos a través de las aceras (vados), contra lo cual reclamó siendo desestimada la reclamación por la resolución objeto...

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