STSJ Aragón , 2 de Marzo de 2001

PonenteFERNANDO ZUBIRI DE SALINAS
ECLIES:TSJAR:2001:642
Número de Recurso1248/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO. SECCIÓN TERCERA RECURSO N° 1248/96-C SENTENCIA N°249 DE 2001 En nombre de S.M. el Rey. ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE D. Fernando Zubiri de Salinas MAGISTRADOS D. José Emilio Pirla Gómez Dª María Mar García Matute En Zaragoza, a dos de marzo de dos mil uno. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN (Sección 3ª), ha visto el recurso contencioso-administrativo número 1248/96-C, seguido entre partes; como demandante D. Imanol , mayor de edad, vecino de Huesca, c/ DIRECCION000 , NUM000 , con DNI n°

NUM001 , representado por la procuradora Dª. Almudena Gallego Vázquez y asistido por el Letrado D. Manuel Mata Portera; y como administración demandada el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE GURREA, representado por el procurador D. Fernando Peiré Aguirre y defendido por el letrado D. Carlos Laliena Sipán.

Es objeto de impugnación el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alcalá de Gurrea de 9 de julio de 1996, por el que se aprueba la liquidación definitiva de las contribuciones especiales de las obras de renovación de las redes de agua, vertido y pavimentación de la calle DIRECCION001 , en su primera y segunda fase.

El procedimiento es ordinario.

La cuantía es de 108.668 pesetas.

Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Fernando Zubiri de Salinas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte actora en el presente recurso, por escrito que tuvo entrada en la Secretaría de este Tribunal en fecha 13 de noviembre de 1.996, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución citada en el encabezamiento de esta sentencia. Aunque el escrito de interposición se refería también a otro acto de la misma Administración, la Sala por auto de 13 de febrero de 1997 acordó tener por interpuesto y admitir a trámite el recurso contra la resolución citada, y requerir a la parte a la formulación de recurso por separado contra la segunda.

SEGUNDO

Admitido a trámite del recurso, y tras la recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda, en la que tras relacionar la parte recurrente los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables concluía suplicando que se dictara sentencia por la que estimando el presente recurso contencioso administrativo, declare no ajustado a derecho el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alcalá de Gurrea de fecha 9 de julio de 1996, por el que se aprueba la liquidación definitiva de las contribuciones especiales de las obras de renovación de redes de aguas, vertido y pavimentación de la calle DIRECCION001 en su la y 2 fase, revocando el mismo, y declare la no sujeción de su representado a la referida contribución especial o de forma subsidiaria declare estar sujeto exclusivamente a la cuota que por la obra de pavimentación pudiera corresponderle, con la inclusión de todos los beneficiados por esta obra, con expresa imposición de costas a la contraparte.

TERCERO

La Administración demandada, en su escrito de contestación a la demanda, solicitó, tras relacionar los hechos y fundamentos de derecho que, por su parte, estimó aplicables, que se dictara en su día sentencia por la que se desestime íntegramente la demanda, con imposición de costas a la parte actora.

CUARTO

Por auto de 17 de julio de 1997 se acordó el recibimiento a prueba, practicándose documental y testifical, con el resultado que obra en autos. Tras el trámite de conclusiones, quedaron los autos pendientes de señalamiento.

QUINTO

Por acuerdo de la Presidencia de la Sala, de fecha 31 de octubre de 2000, se constituyó la sección tercera de refuerzo, atribuyéndose a dicha sección el conocimiento, entre otros, del presente recurso, ordenándose por providencia de fecha ocho de enero de dos mil uno efectuar la designación de nuevo ponente, y se señaló para votación y...

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