STSJ Castilla y León , 26 de Septiembre de 2003

PonenteJAVIER ORAA GONZALEZ
ECLIES:TSJCL:2003:4094
Número de Recurso1994/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n° 1994/99 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEDE EN VALLADOLID SENTENCIA N° 1059 ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DOÑA MARÍA ANTONIA LALLANA DUPLÁ

DOÑA ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ En Valladolid, a veintiséis de septiembre de dos mil tres.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

La resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León, de 24 de marzo de 1999, que desestimó la reclamación económico-administrativa número 47/1385/96 presentada por D. Luis Real Negro en representación de la sociedad actora contra la resolución del Jefe de la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales de la Delegación Especial de Castilla y León de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 26 de marzo de 1996, que desestimó el recurso de reposición formulado frente a la liquidación por el concepto de Impuesto especial sobre Hidrocarburos propuesta en el Acta de la Inspección 0851516 3 -una multa de 1.286.656 pesetas al considerarle responsable de una infracción tributaria simple tipificada en el artículo 19.6 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales , por la circulación de gasóleo bonificado sin ir acompañada de los documentos reglamentariamente establecidos-.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: COMERCIAL CÍA, SA., representada por el Procurador Sr. Ares Rodríguez y defendida por la Letrada Sra. García Sánchez.

Como demandada: Administración General del Estado (Tribunal Económico -Administrativo Regional de Castilla y León), representada y defendida por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia anulatoria de la resolución impugnada, ordenando la devolución a la actora del importe de la deuda liquidada y ya satisfecha más los gastos ocasionados, imponiendo costas a la parte recurrida. Por OTROSI, se solicitó el recibimiento a prueba del pleito.

SEGUNDO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso y se impongan las costas a la parte actora.

TERCERO

El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Declarado concluso el pleito, se señaló para votación y fallo del presente recurso el pasado día veinticuatro de septiembre.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpuesto por COMERCIAL CÍA, SA. recurso contencioso administrativo contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León, de 24 de marzo de 1999, que desestimó la reclamación económico-administrativa número 47/1385/96 presentada por D. Luis Real Negro en representación de aquélla contra la resolución del Jefe de la Dependencia Regional de Aduanas e Impuestos Especiales de la Delegación Especial de Castilla y León de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 26...

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