STSJ Asturias , 18 de Mayo de 2001

PonenteMARIA OLGA GONZALEZ-LAMUÑO ROMAY
ECLIES:TSJAS:2001:2277
Número de Recurso3161/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA RECURSO: 3.161/97 RECURRENTE: DON Gustavo RECURRIDO: T.E.A.R.A. SENTENCIA NUM. 475 ILMO SR. PRESIDENTE D. LUIS QUEROL CARCELLER ILMOS SRES. MAGISTRADOS D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO Dª OLGA GONZÁLEZ LAMUÑO ROMAY En Oviedo, a dieciocho de mayo de dos mil uno. Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionado al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 3.161 de 1.997, interpuesto por el Letrado don Emilio Ramírez Payer en nombre y representación de DON Gustavo , contra resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Asturias relativa al acta de disconformidad n° NUM000 , incoada por el concepto tributario Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas ejercicio 1.990. Estando la Administración demandada representada por el Sr. Abogado del Estado.

Siendo Ponente el Ilmo. Sra. Magistrada Dª. OLGA GONZÁLEZ LAMUÑO ROMAY.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de quince días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito de fecha 17 de junio de 1.998, en el que., tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dicte sentencia por la que con estimación del recurso interpuesto contra la resolución del tribunal económico Administrativo Regional de Asturias de 18 de abril de 1.997 dictada en el expediente de reclamación n° 52/928/95 se declare nulo dejándolo sin efecto

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de quince días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando que previa tramitación legal, se acuerde la confirmación del acto administrativo impugnado, desestimando la demanda. Ello con imposición al actor de las costas procesales dicte sentencia por la que se desestime el presente recurso contencioso- administrativo, con imposición de costas a la parte actora.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se practicaron las propuestas por las partes y admitidas con el resultado que obra en autos.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

QUINTO

Se señaló para la votación y Fallo del presente recurso el día 10 de mayo, en que tuvo lugar dicho acto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna por el recurrente D. Gustavo en el presente recurso contencioso administrativo la resolución dictada por el tribunal Económico Administrativo Regional de Asturias de fecha 18 de abril de 1.997, desestimatoria de la reclamación de la misma...

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