STSJ Murcia , 7 de Julio de 2000

PonenteFERNANDO CASTILLO RIGABERT
ECLIES:TSJMU:2000:2145
Número de Recurso312/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO Nº312/98 SENTENCIA Nº537/2000 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCION PRIMERA Compuesta por los Ilmos. Sres.:

D. José Abellán Murcia Presidente Dª Esperanza Sánchez de la Vega D. Fernando Castillo Rigabert Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº537/2000 En Murcia, a 7 de julio de dos mil. En el recurso contencioso admimistrativo nº 312/98, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 183.332 ptas. , y referido a: IAE. Parte demandante:

Compañía Española Distribuidora de Petróleos, S.A., representada por el procurador D. Antonio C. de Vicente Villena y dirigida por el Letrado D. Pablo Gómez Bernal.

Parte demandada:

Ayuntamiento de Cartagena, representada por el procurador D. Juan Tomás Muñoz Sánchez y dirigida por el Letrado D. Bernardo Muñoz Frontera.

Acto administrativo impugnado:

Desestimación presunta de los recursos de reposición interpuestos contra el Decreto 8674, de 10- 10-97, Decreto 8675 de 10-10-97 y Decreto 10021, de 22-10-97.

Pretensión deducida en la demanda:

Se dicte sentencia por la que, estimando la pretensión, declare la nulidad de pleno derecho tanto de la presunta desestimación de los recursos de reposición interpuestos contra los Decretos del Excmo.

Ayuntamiento de Cartagena números 8674, 8675 y 10021 como de los mismos Decretos o, en su defecto, se declare su disconformidad a derecho, anulándolos y dejándolos sin efecto, con expresa imposicón de costas a la demandada.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Fernando Castillo Rigabert, quien expresa el parecer de la Sala

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 12 de febrero de 1998, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la inadmisibilidad del recuso o, subsidiariamente que se dicte sentencia por la que se desestime la demanda interpuesta por la actora por ser ajustado a derecho el acto impugnado, imponiendo expresamente las costas a la parte demandante.

TERCERO

Ha habido recibimiento a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de derecho de esta sentencia.

CUARTO

Presentados los escritos de conclusiones, se señaló para votación y fallo el...

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