STSJ Cataluña , 12 de Febrero de 2001

ECLIES:TSJCAT:2001:1882
Número de Recurso206/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

R° n° 206/1997 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso nº 206/1997 Partes: Cristina C/AYUNTAMIENTO DE TERRASSA SENTENCIA Nº95 En la ciudad de Barcelona, a doce de febrero de dos mil uno. DON EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN, Magistrado de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, (Sección Primera), ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 206/1997, interpuesto por DOÑA Cristina , representado por el Procurador D. Jaume Romeu Soriano y defendida por la Letrada Dª. M. Carmen Pina Giménez, contra el AYUNTAMIENTO DE TERRASSA, representado por la Procuradora Dª Mª Carmen Ribas Buyo y defendido por la Letrada Dª. Ana Galiana Cruz.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Procurador D. Jaume Romeu Soriano, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución del AYUNTAMIENTO DE TERRASSA de 27 de septiembre de 1996 desestimatoria del recurso de reposición deducido contra providencia de embargo de 14 de marzo de 1996 por impuestos y deudas varias al Ayuntamiento correspondientes a la persona titular de las fincas objeto de tales impuestos.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba de las actuaciones, se continuó el procedimiento por el trámite de conclusiones y sucintas, que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación; y finalmente quedaron las actuaciones pendientes para sentencia.

CUARTO

De conformidad con lo previsto en el apartado 2 de la Disposición Transitoria única, de la ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Sala se ha constituido con un solo Magistrado para fallar el presente proceso,...

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