STSJ Comunidad de Madrid , 26 de Diciembre de 2002
Ponente | MIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOS |
ECLI | ES:TSJM:2002:18233 |
Número de Recurso | 2254/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 26 de Diciembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA SENTENCIA 2496 RECURSO NÚM.: 2254-99 PROCURADORA DÑA. MARIA MERCEDES BLANCO FERNANDEZ LETRADO SRA. GUERRERO ANKERSMIT Ilmos. Sres.:
Presidente D. José Alberto Gallego Laguna Magistrados D. J. Ignacio Parada Vázquez Dña. María Antonia de la Peña Elías D. Santos Gandarillas Martos D. J. Ignacio Zarzalejos Burguillo En la Villa de Madrid a 26 de Diciembre de 2002 Visto por la Sala del margen el recurso núm. 2254-99 , interpuesto por D. Cesar , representado por la procuradora DÑA. MARIA MERCEDES BLANCO FERNANDEZ contra la presunta desestimación del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid por silencio administrativo reclamación núm.
28/08833/97 interpuesta por el concepto de TRANSMISIONES PATRIMONIALES habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía, siendo codemandada la COMUNIDAD DE MADRID, representada por la letrada Sra. GUERRERO ANKERSMIT.
Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.
Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo admitiendo los hechos de la misma, en cuanto se deducen del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.
No estimándose necesario el recibimiento a prueba ni celebración de vista pública, se emplazó a las partes para que evacuaran el trámite de conclusiones, lo que llevaron a efecto en tiempo y forma, señalándose para la votación y fallo, la audiencia del día 3.12.2002 en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.
Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Santos Gandarillas Martos ,quien expresa el parecer de la Sala
Se impugna en el presente recurso la desestimación por silencio del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid por la que se desestimaba la reclamación económico administrativa n°
8833/97, interpuesta contra resultado del expediente de comprobación de valores por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en el que se fijaba una base de 44.949.520 ptas, y la consiguiente liquidación.
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