STSJ Comunidad Valenciana 820/2006, 7 de Marzo de 2006

PonenteFRANCISCO JAVIER LLUCH CORELL
ECLIES:TSJCV:2006:1275
Número de Recurso2895/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución820/2006
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº 820/2006

En el Recurso de Suplicación núm. 2895/05, interpuesto contra la sentencia de fecha 10 de mayo de 2005, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Alicante, en los autos núm. 935/04, seguidos sobre derecho, a instancia de Armando , asistido por el letrado Francisco Rives Santos, contra TELEFÓNICA DE ESPAÑA S.A.U., y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Francisco Javier LLuch Corell

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 10 de mayo de 2005 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que desestimando la demanda planteada por D. Armando , debo absolver y absuelvo de la misma a TELEFÓNICA DE ESPAÑA S.A.U.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- D. Armando , con DNI nº NUM000 , presta servicios para Telefónica de España S.A.U desde el 12-11-80, con la categoría profesional de ATS, 1ª con un salario mensual de 3.020,65 € en el centro de trabajo de Alicante. SEGUNDO.-. D. Juan Antonio , técnico de Seguridad en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de Telefónica en Palma de Mallorca, causo baja a finales de mayo de 2004 por prejubilación. Por tal motivo Dª Marina , que formaba parte de dicho Servicio como ATS y tenía la titulación adecuada, pasó a realizar también funciones de Técnico de Seguridad en el mismo. Telefónica concertó con la Fraternidad-Muprespa la cobertura del puesto de ATS del servicio de Prevensión. Dª Lourdes está cubriendo, mediante contrato temporal a tiempo parcial, dicho trabajo a través de la Mutua (doc. 2 a 4 empresa). TERCERO.- El 15-9-04 el actor planteó conciliación de ante el SMAC solicitando que se le reconozca el derecho a ocupar el puesto de ATS del Servicio de Prevención en Baleares, intentándose el acto sin efecto el 30-9-04 . CUARTO.- El actor solicitó el 1-12-03 el traslado a la plaza de aTS de Palma de Mallorca con primer destino, a través del sistema informático (doc. 4 a 6 actor). QUINTO.-. El 8-6-04 el actorsolicitó nuevamente a la empresa que se le concediera el traslado a la plaza de aTS de Palma de Mallorca, contestándosele que la misma estaba cubierta a través de contratación temporal por la Mutua (doc. 3 actor y doc. 1 empresa). SEXTO.- En la reunión de 54-01 del Comité Central de Segurida y Salud de la empresa se acordó que "El Servicio Mancomunado de Prevención de Riesgos Laborales de Telefónica se constituye con medios propios, concertado de manera complementaria determinadas actividades relacionadas con las funciones propias de la accción preventiva desarrollada por el mismo, garantizando así un mayor grado de cobertura de la misma " (doc. 9 actor). SÉPTIMO.-. El 29-1-04 se reunió el Comité Provincial de Seguridad y Salud en Palma de Mallorca, haciéndose constar por la empresa que, tras el cese, del sr. Juan Antonio , la actividad de ATS se asignaría, para garantizar la mayor empleabilidad, al personal con titulación técnica y con la colaboración de la Mutua en periodo transitorio, sin que ello implicara dejar de realizar sus funciones como aTS la entonces contratada CCOO manifestó que se trataba de un acoplamiento nuevo que se debía publicar, a lo que se opuso la empresa porque la función e ATS suponía una actividad muy escasa. CGT igualmente indicó que no compartía que la ATS pudiera atender ambas actividades, contestando la empresa que al principio era posible que no pudiera, por lo que se apoyarían en la mutua mientras fuera necesario (doc. 10 actor). OCTAVO.- Telefónica de España S.A.U se encuentra afectada por el ERE nº 44/03 con duración prevista hasta el 31-12-04, estando autorizada a extinguir los contratos e 15.000 trabajadores. NOVENO.- La Administración Sanitaria del País Vasco autorizó el 7-2-03 a Telefónica para que se cubriera la actividad sanitaria a través de la Fraternidad con subcontratación parcial (análisis clínicos,...

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