STSJ Galicia 32/2008, 23 de Enero de 2008
Ponente | JOSE LUIS COSTA PILLADO |
ECLI | ES:TSJGAL:2008:3730 |
Número de Recurso | 15164/2008 |
Número de Resolución | 32/2008 |
Fecha de Resolución | 23 de Enero de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA
Ilmos. Sres. D.
JOSE MARIA GOMEZ Y DIAZ CASTROVERDE
JOSE LUIS COSTA PILLADO
JOSE MANUEL RAMIREZ SINEIRO
A CORUÑA, veintitrés de Enero de dos mil ocho.
En el recurso contencioso-administrativo que, con el número 15164/2008, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por
URBANISMO VIGO, S.A., representado por la procuradora Dª MARIA PILAR CASTRO REY, dirigido por la letrada D.ª GENIS DE TERA ALVAREZ, contra ACUERDO DE 26-10-05 QUE DESESTIMA RECLAMACION CONTRA OTRO DE CONSELLERIA ECONOMIA E FACENDA SOBRE LIQUIDACION POR IMPUESTO TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS, EJERCICIO 2000. Es parte la Administración demandada el TRIBUNAL ECONOMICO-AMINISTRATIVO REGIONAL DE GALICIA, representado por el ABOGADO DEL ESTADO.
Es ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS COSTA PILLADO.ANTECEDENTES DE HECHO
Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a la parte recurrente para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito que, en síntesis, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que se estimaron pertinentes, se acabó suplicando que se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución impugnada en este procedimiento.
Conferido traslado a la parte demandada, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de derecho consignados en la contestación de la demanda.
No habiéndose recibido el asunto a prueba y declarado concluso el debate escrito, quedaron las actuaciones sobre la mesa para resolver.
En la sustanciación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo 7.304´35 euros.
Se impugna mediante el presente recurso contencioso-administrativo acuerdo del TEAR de Galicia, adoptado en sesión de fecha 26 de octubre de 2005, desestimatorio de la reclamación económico-administrativa número 54/143/05 formulada contra acuerdo del Jefe del Servicio de Inspección Tributaria de la Delegación Territorial de Vigo de la Consellería de Economía e Facenda de la Xunta de Galicia que confirma propuesta de liquidación contenida en acta de disconformidad incoada por el concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, ejercicio 2000.
Son antecedentes más significativos del recurso los siguientes:
Mediante escritura de fecha 6 de octubre de 1999, Dª. Remedios y Dª. Almudena formalizaron contrato de permuta con el Instituto Galego da Vivenda e Solo en el que se convino la entrega por aquéllas de una finca de su propiedad con una superficie total de 730,62 metros cuadrados, finca que adquiría en ese acto el Instituto Galego da Vivenda e Solo, a cambio de 416,45 metros cuadrados edificables que les habría de entregar el Instituto Galego da Vivenda e Solo. La edificabilidad se haría efectiva mediante la entrega de la parte alícuota correspondiente en una parcela situada en suelo...
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