STSJ Comunidad de Madrid , 12 de Diciembre de 2001
Ponente | JOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO |
ECLI | ES:TSJM:2001:16283 |
Número de Recurso | 878/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 12 de Diciembre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso núm. 878/99 Procuradora: Dª. Raquel Gomez Sanchez Letrada Si Guerrero Ankersmit TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA SENTENCIA 1822 Ilmos. Sres.
Presidente:
D. José Alberto Gallego Laguna Magistrados:
D. José Ignacio Parada Vázquez D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo Dª. María Antonia de la Peña Elías D. Santos Gandarillas Martos En la villa de Madrid, a doce de diciembre de dos mil uno. VISTO por la Sala el recurso contencioso administrativo núm. 878/99, interpuesto por la Procuradora Dª. Raquel Gómez Sánchez, en representación de Dª. Natalia , contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 25 de noviembre de 1998, que desestimó la reclamación deducida contra liquidación practicada por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía, y como codemandada la Comunidad de Madrid, representada por la Letrada Dª. Rocío Guerrero Ankersmit.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de esta Jurisdicción, se emplazó a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, suplicaba se dicte sentencia por la que se declare la prescripción del derecho de la Administración a girar liquidación, ordenando la devolución de las cantidades consignadas.
El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte sentencia que confirme en todos sus extremos el acuerdo recurrido.
La representación procesal de la Comunidad de Madrid contestó a la demanda solicitando la desestimación de las pretensiones de la parte recurrente, confirmando el acto administrativo impugnado.
Finalizada la tramitación, para votación y Fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 11 de diciembre de 2001, en cuya fecha ha tenido lugar.
Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo, quien expresa el parecer de la Sala.
El presente recurso tiene por objeto determinar si se ajusta o no a Derecho la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 25 de noviembre de 1998, que desestimó la reclamación deducida por la hoy demandante contra liquidación practicada por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, concepto transmisión patrimonial onerosa, por importe de 3 71.63 7 pesetas.
Los hechos relevantes para el enjuiciamiento de la cuestión debatida son los siguientes: 1) En fecha 10 de enero de 1994 se presentó en la Agencia Tributaria contrato privado de compraventa de fecha 1 de agosto de 1988, en virtud del cual la actora adquirió un inmueble por el precio de 3.840.000 pesetas, acompañándose al documento autoliquidación negativa por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, alegando prescripción; 2) La Administración...
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