STSJ Comunidad de Madrid , 23 de Enero de 2004

PonenteMARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZ
ECLIES:TSJM:2004:634
Número de Recurso321/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4 MADRID SENTENCIA: 00039/2004 Proc. Sra. Jiménez Alonso A.E Ltda. Sra. Guerrero Ankersmit TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

RECURSO Nº 321 de 2001 PONENTE Sra. Mª Rosario Ornosa Fernández S E N T E N C I A Nº 39 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín Dª Mª Rosario Ornosa Fernández D. Juan Pedro Quintana Carretero En Madrid a veintitrés de enero de dos mil cuatro.

Visto por la Sala del margen el recurso nº 321 de 2001 interpuesto por la Procuradora Sra. Jiménez Alonso en nombre y representación de PROIPI, S.A contra la Resolución del Tribunal Económico Regional de Madrid de 6 de noviembre de 2000 que desestimó la Reclamación efectuada por la entidad actora PROIPI S. A. contra la liquidación girada por la administración por el concepto de transmisiones patrimoniales onerosas por importe de 698.737 pesetas Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por su Abogacía y como codemandada la Comunidad de Madrid representada por sus servicios jurídicos.

La cuantía del recurso es inferior a 25.000.000 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 13 de marzo de 2001 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

No solicitado el recibimiento de la prueba, se dio traslado para conclusiones sucesivamente a las distintas partes, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

CUARTO

Con fecha 22 de enero de 2004 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.

Siendo Ponente la Magistrada Ilma. Sra. Dª. Mª Rosario Ornosa Fernández.

Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contra la Resolución del Tribunal Económico Regional de Madrid de 6 de noviembre de 2000 que desestimó la Reclamación efectuada por la entidad actora PROIPI S. A. contra la liquidación girada por la administración por el concepto de transmisiones patrimoniales onerosas por importe de 698.737 pesetas en relación con el ejercicio de la opción de compra anticipada, el 3 de octubre de 1997, de un inmueble respecto al que en noviembre de 1989 se suscribió un contrato de arrendamiento financiero con opción de compra entre la entidad actora y Bansander de Leasing respecto de varios inmuebles, habiendo sido el precio de esta opción de compra anticipada,...

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