STSJ Comunidad de Madrid , 14 de Enero de 2005

PonenteGERVASIO MARTIN MARTIN
ECLIES:TSJM:2005:159
Número de Recurso559/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Enero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4 MADRID SENTENCIA: 00027/2005 Proc. Sr. Navas García A de E Ltda. Sra. Guerrero Ankersmit TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

PONENTE SR. Gervasio Martín Martín RECURSO Nº 559 de 2001.

S E N T E N C I A Nº 27 Presidente Ilmo. Sr. D. Alfonso Sabán Godoy Magistrados Ilmos. Sres.

Mª Rosario Ornosa Fernández D. Gervasio Martín Martín En Madrid a catorce de enero de dos mil cinco.

Visto por la Sala del margen el recurso nº 559 de 2001 interpuesto por el Procurador Sr. Navas García en nombre y representación de D. Juan contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid que estimó parcialmente la reclamación económico-administrativa (Número 28/13059/99) deducida por la parte demandante frente a expediente de comprobación de valores, practicado por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y actos Jurídicos Documentados, donde se asigna una base de 11.304.000 ptas. y donde se comunica que a la transmisión le es de aplicación la Disposición Adicional Cuarta de la Ley de Tasas y precios Públicos y contra liquidación practicada por el Impuesto de Donaciones, por un importe de 767.704 ptas. Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por el Abogado del Estado y la Comunidad de Madrid, representada por Letrada de sus servicios jurídicos.

La cuantía del presente recurso es de 1.552,05 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 30 de abril de 2001 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de las partes demandada y codemandada contestaron a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimaron aplicables, terminaron pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

Solicitado el recibimiento del pleito a prueba, se practicaros las declaradas pertinentes con el resultado que consta en autos y tras ello se dio traslado para conclusiones sucesivamente a las distintas partes, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

CUARTO

Con fecha 13 de enero de 2005 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.

Siendo...

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