STSJ Andalucía , 4 de Enero de 2002

PonenteGUILLERMO SANCHIS FERNANDEZ MENSAQUE
ECLIES:TSJAND:2002:160
Número de Recurso3292/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Enero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA ILMOS SRES.

D. José Moreno Carrillo D. Heriberto Asencio Cantisán D. Guillermo Sanchis Fdez Mensaque En Sevilla, a cuatro de enero de dos mil dos. La Sección Cuarta de la Sala de Lo Contencioso Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, formada por los magistrados que al margen se expresan, ha visto en el nombre del Re, el recurso número 3292/98, seguido entre las siguientes partes: DEMANDANTE: don Luis Francisco , mayor de edad y vecino de Sevilla, con domicilio en CALLE000 número NUM000 y con DNI número NUM001 , representado y dirigido por el letrado don Juan Pérez Gómez; y DEMANDADA; el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, representado y dirigida por el Abogado del Estado; y la Junta de Andalucía, representada y dirigida por Letrado de su Servicio Jurídico. Ha sido ponente Guillermo Sanchis Fdez Mensaque.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte actora interpuso recurso contencioso administrativo contra acuerdo del TEARA de fecha 26 de junio de 1997, recaído en reclamación 53/706/96, por el que se desestima reclamación económico administrativo formulada por el actor contra acuerdo de la Oficina Liquidadora de Puerto de Santa María que pone fin a expediente de comprobación de valores a efectos del FTP.

SEGUNDO

La recurrente formuló demanda en la que, tras alegar los hechos y fundamentos de Derecho que estima aplicables al caso, termina suplicando que, en su día, se dicte sentencia por la que, con estimación del recurso, se declare la nulidad de la resolución que se recurre y se deje su efecto la comprobación.

TERCERO

La demandada contestó a la demanda en escrito en al que tras alegar los hechos y fundamentos de Derecho que estima aplicables a caso, termina interesando que se dicte sentencia por la que se desestime e recurso.

CUARTO

Existiendo conformidad en los hechos, las partes formularon por su arden escrito de conclusiones en los que mantuvieron sus argumentos.

QUINTO

La votación y Fallo del recurso lugar el día señalado al efecto, habiéndose observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En relación a la vivienda adquirida por el actor en el Puerto de Santa María, se realizó una primera comprobación de valores, que fue anulada por falta de motivación. Por la Misma Oficina se realiza nueva comprobación de valores, cuya motivación en sustancia es como sigue: tras una descripción del inmueble con referencia, a su...

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