STSJ Extremadura , 28 de Noviembre de 2001

PonenteISAAC MERINO JARA
ECLIES:TSJEXT:2001:2549
Número de Recurso2156/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUM 1.959 PRESIDENTE:

DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS:

DON DANIEL RUÍZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA DON ISAAC MERINO JARA /

En Cáceres a veintiocho de noviembre de dos mil uno. Visto el recurso contencioso administrativo número 2.156 de 1.998, promovido por la JUNTA DE EXTREMADURA, representada y defendida por el Sr. Letrado de su Gabinete Jurídico, siendo demandada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, y como parte coadyuvante URBANIZACIÓN Y VIVIENDAS DE CÁCERES, representada por la Procuradora de los Tribunales Doña María de los Angeles Chamizo García, recurso que versa sobre: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura de 29 de mayo de 1998 que estimó la reclamación, número 6/1285/96 promovida por D. Miguel contra la comprobación de valores y subsiguiente liquidación complementaria derivada de la escritura pública de segregación y compraventa, de 25 de abril de 1996, relativa a un inmueble sito en C/ DIRECCION000 de Badajoz practicada a efectos de tributación por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Cuantía 24.136 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito, mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso con imposición de las costas a la parte demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de las costas a la parte actora; y dado traslado de la demanda y contestación a la misma a la parte coadyuvante, se declaró precluido el término.

TERCERO

No habiéndose solicitado por las partes el recibimiento del recurso a prueba ni estimarlo necesario la Sala, se pasó al trámite de conclusiones, donde la parte actora interesó se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de su escrito de demanda y declarándose precluido el término para las demás partes, señalándose día para la votación y fallo del presente recurso, llevándose a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado Don ISAAC MERINO JARA, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso, interpuesto por la representación procesal de la Junta de Extremadura se dirige contra la R.TEAR de Extremadura de 29 de mayo de 1998 que estimó la reclamación, número 6/1285/96 promovida por D. Miguel contra la comprobación de valores y...

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