STSJ Extremadura , 23 de Febrero de 2000

PonenteISAAC MERINO JARA
ECLIES:TSJEXT:2000:428
Número de Recurso1600/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA NUM 287 PRESIDENTE:

DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS:

DON DANIEL RUÍZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA DON ISAAC MERINO JARA /

En Cáceres a veintitrés de febrero de dos mil. Visto el recurso contencioso administrativo número 1.600 de 1.996, promovido por la Procuradora de los Tribunales Doña María Victoria Merino Rivero, en nombre y representación de DON Javier , en su propio nombre y derecho y de la DIRECCION000 ", siendo demandado el EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE BROZAS (Cáceres), representado por el Procurador de los Tribunales Don Antonio Roncero Aguila, recurso que versa sobre: Resolución del Excelentísimo Ayuntamiento de Brozas (Cáceres) de 30 de abril de 1996, que desestimó el recurso de reposición interpuesto el día 10 de enero de 1996 contra la liquidación en concepto de precio público por tránsito de ganado, año 1995. Cuantía 87.155 pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito, mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso con imposición de las costas a la parte demandada; y dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de las costas a la parte actora. Por medio de Otrosí se solicitó el recibimiento del recurso a prueba por las partes.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se practicaron las admitidas por la Sala, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este período, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose día para la votación y fallo del presente recurso, llevándose a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado Don ISAAC MERINO JARA, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dª María Victoria Merino Rivero, en nombre y representación de D. Javier , por si por la DIRECCION000 " se dirige contra la Resolución del Excelentísimo Ayuntamiento de Brozas (Cáceres) de 30 de abril de 1996, que desestimó el recurso de reposición interpuesto el día 10 de enero de 1996 contra la liquidación en concepto de precio público por tránsito de ganado, año 1995.

SEGUNDO

Amparándose en la definición de precio público contenida en el artículo 41, A de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales , el Excelentísimo Ayuntamiento de Brozas aprobó la correspondiente Ordenanza reguladora de los Precios Públicos por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local consistente en el tránsito de ganado . La STC 233/1999, de 16 de diciembre ha manifestado que dicho precepto no conculca el principio de reserva de Ley "dado que la LHL delimita el presupuesto de hecho de los precios públicos en términos lo suficientemente precisos como para...

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