STSJ Murcia , 28 de Febrero de 2003

PonenteFERNANDO CASTILLO RIGABERT
ECLIES:TSJMU:2003:522
Número de Recurso315/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Este documento está impreso por una sola cara.

RECURSO nº 315/00 SENTENCIA nº147/2003 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Fernando Castillo Rigabert Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº147/2003 En Murcia, a veintiocho de febrero de dos mil tres.

En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 315/00, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía 246.584 ptas. y referido a: Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.

Parte demandante: Caja de Ahorros de Murcia, representado por la Procuradora Dª. Marita Martínez Navarro y defendida por la Abogada Dª María Belén Molina Jordana.

Parte demandada: La Administración del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Parte codemandada: La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia representada y defendida por un Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Acto administrativo impugnado: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de fecha 29 de noviembre de 1999, desestimatoria de la reclamación económico administrativa nº 30/405/99 planteada contra la liquidación nº 5.501/99 por la modalidad de "Actos Jurídicos Documentados", correspondiente a cancelación de hipoteca por confusión de derechos, con base imponible de 35.900.000 ptas de la que resulta una deuda adicional a ingresar de 246.584 ptas.

Pretensión deducida en la demanda: Que se tenga por deducida demanda en el recurso contencioso administrativo interpuesto frente al fallo dictado por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 29 de noviembre de 1999, notificado el 26 de enero de 2000, por el que se desestima la reclamación económico administrativa 30/405/99 interpuesta contra la liquidación 5496/1999 por Impuestos de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados, en su modalidad de A.J.D., para que previos los trámites oportunos se dicte en su día sentencia estimatoria del recurso en la que se declare lo siguiente: Que el fallo dictado por el TEAR de Murcia no es conforme a derecho, ordenando la anulación del mismo y por ende de la liquidación 5.501/1999 por Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en su modalidad de A.J.D. Que procede la imposición de costas a la Administración demandada.

Siendo Ponente el Magistrado el Ilmo. Sr. D.Fernando Castillo Rigabert, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el 17 de Marzo de 2000, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda por ser conforme a derecho el acto impugnado.

TERCERO

La parte codemandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda por ser conforme a derecho el acto impugnado.

CUARTO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en autos y cuya valoración se hará en los fundamentos jurídicos de la presente resolución.

QUINTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 25 de febrero de 2003.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
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