STSJ Castilla y León 2299, 3 de Mayo de 2006

PonenteCARLOS JOSE COSME MARTINEZ TORAL
ECLIES:TSJCL:2006:2299
Número de Recurso1245/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2299
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SALA SOCIAL BURGOS SENTENCIA: 00394/2006 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LEON SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 001(AVENIDA DE LA ISLA Nº 10-1ª PLANTA 09003)

N.I.G: 09059 34 4 2005 0101191, MODELO: 46050 TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001245 /2005 Materia: OTROS DCHOS. LABORALES Recurrente/s:

Recurrido/s: Constantino JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: nº: de BURGOS /

RECURSO DE SUPLICACION Num.: 1245/2005 Ponente Ilmo. Sr. D. Carlos Martínez Toral Secretaría de Sala: Sra. Carrero Rodríguez SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS SENTENCIA Nº: 394/2006 Señores:

Ilma. Sra. Dª. María Teresa Monasterio Pérez Presidenta Ilmo. Sr. D. Antonio César Balmori Heredero

Magistrado Ilmo. Sr. D. Carlos Martínez Toral Magistrado En la ciudad de Burgos, a tres de Mayo de dos mil seis.

En el recurso de Suplicación número 1245/2005 interpuesto por EXCMO.

AYUNTAMIENTO DE BURGOS -SERVICIO MUNICIPALIZADO DE DEPORTES- , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Burgos en autos número 911/2005 seguidos a instancia de DON Constantino , contra el recurrente, en reclamación sobre Movilidad Geográfica. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. Don Carlos Martínez Toral que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 7 de Noviembre de 2005 cuya parte dispositiva dice:

FALLO

.

- Que estimando la demanda presentada por DON Constantino contra SERVICIO MUNICIPALIZADO DE DEPORTES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS, debo declarar y declaro injustificada la modificación sustancial de condiciones de trabajo que ha sido operada al actor, y que ha sido objeto de impugnación, así como su derecho a ser repuesto en sus condiciones de trabajo anteriores a dicha modificación, condenando al Organismo demandado a estar y pasar por esta declaración.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: PRIMERO.- DON Constantino presta servicios para el SERVICIO MUNICIPALIZADO DE DEPORTES DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BURGOS, con una antigüedad de 1 de febrero de 1.999, ostentando la categoría profesional de Auxiliar de Instalaciones y salario mensual bruto con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias de 1.596,33 . SEGUNDO.- Conforme al calendario laboral del Organismo demandado para el año 2.004, durante dicho año el actor prestó servicios como Correturnos, en el Turno B, con el siguiente horario de trabajo: mañanas de 07,00 a 15,00 horas y tardes de 15,00 a 23,00 horas. TERCERO.- En fecha 24 de noviembre de 2.004 el Comité de Empresa del Servicio Municipalizado de Instalaciones Deportivas y de Recreo del Excmo Ayuntamiento de Burgos recibió la distribución de personal y el calendario laboral para 2.005 elaborado por la empresa "para su conocimiento, estudio y posterior firma", habiéndose celebrado en fecha 3 de diciembre de 2.004 entre el Comité de Empresa y representantes del Servicio Municipalizado de Instalaciones Deportivas y de Recreo del Excmo. Ayuntamiento de Burgos reunión en la que el primero hizo entrega de un escrito conteniendo una propuesta de calendario de trabajo y distribución del personal, manifestando su disconformidad con la distribución de personal y horarios para 2.005 propuestos por el Presidente del Servicio.

CUARTO

Tras efectuarse una modificación en la propuesta inicial de calendario y distribución de plantilla respecto de dos trabajadoras, en virtud de la reunión con el Comité de Empresa de 3 de diciembre de 2.004, con fecha 9 de diciembre de 2.004 el Presidente del Servicio Municipalizado de Instalaciones Deportivas y de Recreo del Excmo.

Ayuntamiento de Burgos entregó al Comité de Empresa y remitió a los trabajadores del servicio el calendario y la distribución de la plantilla para el año 2.005 "para su conocimiento, efectos oportunos y aplicación", siendo los horarios de las instalaciones del Servicio Municipalizado de Instalaciones Deportivas y de Recreo del Excmo. Ayuntamiento de Burgos en el calendario de 2.005 los siguientes: - Oficina: de 08,00 a 15,00 horas - Piscinas y Correturnos: mañana, de 07,00 a 15,00 horas y tarde, de 15,00 a 23,00 horas -

Polideportivos y Camping: mañana, de 08,00 a 15,00 horas y tarde, de 15,00 a 23,30 horas - Mantenimiento: mañana, de 07,00 a 15,00 horas - Recepción Camping: mañana, de 08,00 a 15,00 horas y tarde, de 15,00 a 22,00 horas - Turno de Noche (piscina El Plantío): de 23,00 a 07,00 horas. Siendo los horarios indicados, los mismos que los incluidos en el calendario laboral para 2.004, si bien respecto a dicho año, para 2.005 se ha modificado la distribución de la plantilla, cambiándose el centro de trabajo de algunos trabajadores, así como sus turnos y horario de cada centro, pasando algunos operarios de polideportivos a piscinas o a trabajar como correturnos o en camping y viceversa, siendo distintas las funciones a realizar en un polideportivo y en una piscina, en un camping y como correturnos.

QUINTO

En fecha 10 de enero de 2.005 se presentó demanda de Conflicto Colectivo por el...

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